La verdad es que la redacción, como suele ser norma, es ambigua y farragosa. No es más fácil decir "tendrán consideración de agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones..." NO, empezamos a enredar y liar.

No obstante, leyendo con detenimiento la ley, mi opinión coincide con la de Emérito. Aunque la forma en la que está redactada la Ley podría dar lugar a alguna interpretación diferente. Un saludo.