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  1. #1
    A todos los que estáis de enhorabuena porque, en teoría, desaparecen los dobletes con este nuevo borrador ..... igual es que no han leído lo mismo que yo ... ¿Dónde habéis visto que entre servicio y servicio tiene que haber un descanso de 11 horas?

    "Artículo 21. Descanso diario y compensatorio en el régimen general.

    1. En el curso de cada periodo de veinticuatro horas se disfrutará de un descanso diario con la consiguiente duración mínima:

    a) De once horas consecutivas, con carácter general."


    Resumiendo, que son 11 horas consecutivas de descanso en cada periodo de 24 horas, por lo que es perfectamente factible que te pongan 14/22 (descansas 14 horas ese día de 0,00 a 14,00) y al día siguiente de 06/13 (descansas 11 horas desde las 13 a las 24,00). No es nada descabellado ese horario, sobre todo para un Puesto.
    Es más, si rizamos el rizo y nos quieren putear, podríamos entrar de nocturno en horario de 0,00/06 o hasta las 07,00 y se fuman un puro. Ale, ya tienes un triplete servido en toda regla.

    Para mi, la cuestión no es quitar dobletes o tripletes, lo que nos interesa es que se desarrollen de una vez un sistema de turnos y que se aplique en todas las Unidades.
    Muchos se quejan de los trastornos que supone doblar de tarde/mañana o de mañana/noche .... Pero que me decís de tener saliente de 22/6 y al día siguiente entrar de 06/14 ?? No puedes coger el sueño porque, en teoria, te has levantado tarde tras descansar tus horas correspondientes y te pegas el gran madrugón sin haber descansado apenas .... y de esa probabilidad de servicio no dice en este borrador ....

    Así que no cantéis victoria que no está la cosa clara. No las tengo todas conmigo con esta reforma, para mi es que nos quieren meter un gol por toda la escuadra y ojo no salgamos trasquilados como con la reforma de las vacantes por méritos.
    Lo único positivo que veo es que ahora libraremos un fin de semana de cada 3, pero poco más.

    Un saludo.

  2. #2
    Cita Iniciado por Chinchon Ver mensaje
    A todos los que estáis de enhorabuena porque, en teoría, desaparecen los dobletes con este nuevo borrador ..... igual es que no han leído lo mismo que yo ... ¿Dónde habéis visto que entre servicio y servicio tiene que haber un descanso de 11 horas?

    "Artículo 21. Descanso diario y compensatorio en el régimen general.

    1. En el curso de cada periodo de veinticuatro horas se disfrutará de un descanso diario con la consiguiente duración mínima:

    a) De once horas consecutivas, con carácter general."


    Resumiendo, que son 11 horas consecutivas de descanso en cada periodo de 24 horas, por lo que es perfectamente factible que te pongan 14/22 (descansas 14 horas ese día de 0,00 a 14,00) y al día siguiente de 06/13 (descansas 11 horas desde las 13 a las 24,00). No es nada descabellado ese horario, sobre todo para un Puesto.
    Es más, si rizamos el rizo y nos quieren putear, podríamos entrar de nocturno en horario de 0,00/06 o hasta las 07,00 y se fuman un puro. Ale, ya tienes un triplete servido en toda regla.

    Para mi, la cuestión no es quitar dobletes o tripletes, lo que nos interesa es que se desarrollen de una vez un sistema de turnos y que se aplique en todas las Unidades.
    Muchos se quejan de los trastornos que supone doblar de tarde/mañana o de mañana/noche .... Pero que me decís de tener saliente de 22/6 y al día siguiente entrar de 06/14 ?? No puedes coger el sueño porque, en teoria, te has levantado tarde tras descansar tus horas correspondientes y te pegas el gran madrugón sin haber descansado apenas .... y de esa probabilidad de servicio no dice en este borrador ....

    Así que no cantéis victoria que no está la cosa clara. No las tengo todas conmigo con esta reforma, para mi es que nos quieren meter un gol por toda la escuadra y ojo no salgamos trasquilados como con la reforma de las vacantes por méritos.
    Lo único positivo que veo es que ahora libraremos un fin de semana de cada 3, pero poco más.

    Un saludo.
    En referencia al compañero que cito anteriormente esta claro que una coma puede cambiar radicalmente pero yo entiendo lo de :
    En el curso de cada periodo de veinticuatro horas se disfrutará de un descanso diario con la consiguiente duración mínima:

    a) De once horas consecutivas, con carácter general."

    Que esas 24 horas no se corresponden con un día natural. De hecho no lo dice la norma por lo que tienes que tomar como referencia la hora que te de la gana pongamos por ej las 14... y que a las 14 del día siguiente existan esas 11 horas. Y así cualquier hora. Ej: Servicio de 14 a 22 y al día siguiente de 9 a 14. En ese tramo existen 11 horas de descanso.

    Porque de nada sirve que descansemos 11 horas antes y 11 horas despues si hacemos una tarde y nos pasamos por cualquier circunstancia hasta las tantas y luego empezamos a las 6... quiere decir que habriamos trabajado mas de 16 horas y descansado menos de 8 en un tramo de 24 horas....

    Por lo cual nosotros no debemos de interpretar que las 24 horas sean dias naturales al igual que el descanso semanal no son dos días enteros sino 48 horas....

    Esto es bastante lioso pero seguro que los de arriba al final lo explicaran mejor. A mi me ha costado pero ya cuadre para una unidad pequeña un horario y no esta mal, librando lo mismo que antes.

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