Yo entiendo que son periodos de 24 horas no de 12 de la noche a 12 de la noche. Si te meten de 14 a 22 tu de 14 horas a 14 horas del día siguiente es decir 24 horas tienes que tener un descanso continuado de 11 horas mínimo. No puedes entrar a las 6 de la mañana podrías entrar a las 9 de la mañana.

En ningún lado equipara los periodos de 24 horas con días naturales, no es tan difícil de entender creo yo. Esta pensado para quitar los tripletes simplemente.

Por otro lado si te lees el borrador dice que tienes derecho a un descanso continuado de 48 horas cada semana siendo una de cada tres semanas este descanso sábado entero y domingo entero (tal cual lo pone el borrador). Y también dice que a petición del interesado puedes juntar dos descansos semanales teniendo LLLL para irte a donde te salga del nabo.

Lo que no se es como en unidades pequeñas van a meter las 37,5 horas semanales en 5 días a no ser que te pongan todo mañana todo tarde o todo noche. Cosa imposible por las razones de sobra conocidas por todos.