Necesito pedir una licencia por asuntos propios por temas personales por un periodo de dos meses en marzo y abril, lo que no se es con que plazo debo entregar la solicitud de la licencia de los asuntos propios a mi Unidad.

Leyendo la OG número 2 del 8 de abril del 2013, dice que la solicitud junto con el informe del jefe de la Unidad se remitirá en un plazo de diez días a la Subdirección General de Personal (2a Sección del Servicio de Recursos Humanos), pudiendo enviarse por correo electrónico cuando sea necesario. Por el Subdirector General de Personal se resolverá en el plazo de un mes contado a partir de la recepción.
Las licencias concedidas serán publicadas en el Boletín Oficial de la Guardia Civil.

Creéis que entregando la solicitud a principios de enero me pondrán pegas?

Un saludo.