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  1. #1

    CONDENADO DE POR VIDA EN GC (no revisable)

    Buenas noches y feliz año a tod@s l@s forer@s, especialmente a quienes forman parte de este Benemérito Cuerpo.
    Una vez realizados los saludos y buenos deseos de rigor, paso a explicarme.
    Pues si, en la Guardia Civil, desde el pasado 31 de diciembre (según BOC), se reinstaura la "cadena perpetua no revisable".
    Desde el citado día 31, según Orden General del Cuerpo, se otorgan 2, 3 ó 4 días de asuntos particulares, a los Guardias Civiles que se hallen en posesión de la Cruz a la Constancia en el Servicio en sus distintas categorías o pertenencia a la Orden de San Hermenegildo como recompensa al trabajo peculiar que realizan los componentes del Cuerpo y a su "conducta intachable".
    Las referidas condecoraciones, como de todos es bien sabido y así figura en los reglamentos respectivos, se otorgan atendiendo a criterios de ANTIGÜEDAD (cumpliendo otros requisitos).
    Los días, ahora otorgados, son lo que nos fueron "eliminados" a TODOS aquéllos que reuníamos EXCLUSIVAMENTE la antigüedad necesaria, es decir los famosos canosos, a fin de contribuir a la recuperación económica del Pais.
    Pués bién, ahora vuelven a otorgarlos, eso si, SOLO a quienes estén en posesión de las condecoraciones citadas. Condecoraciones que, como el HONOR, una vez perdidas no se recuperan jamás . . . ergo tampoco los 2, 3 ó 4 días.
    Si señor ¡¡¡
    El que la haya hecho que la pague (habrán pensado las "cabezas pensantes").
    Condenados de por vida mientras se permanezca en la benemérita, sin posible remisión (así se motiva al personal).
    No fue bastante en su día la sanción disciplinaria, en muchos casos por motivos totalmente ajenos al servicio y en alguna otro caso de forma injusta, ni la erradicación total de las propuestas para nuevas propuestas de condecoraciones extraordinarias -aún haciendo un servicio excelente-, sin duda merecidas no como las que se otorgan por antigüedad, ni la anotación en ROJO en la ficha personal. No, no era suficiente ahora . . . ESTE NUEVO AGRAVIO.
    Felicidades a los afortunados y gracias a la Dirección General.
    PD.- La irretroactividad de las leyes y garantía jurídica parecen vocablos desconocidos en la DGGC.
    OTRA.- Leyendo los reglamentos de las condecoraciones que otorgan los beneficios citados ... ¿ en qué apartado figura la concesión de los días de asuntos particulares?
    Perdón por la extensión del texto, reiterando mis saludos y buenos deseos. ¿Donde viene recogida en la Ley del Régimen Disciplinario o en el vigente Codigo Penal esta "pena accesoria"?
    Última edición por servidor; 03/01/2014 a las 00:44 Razón: Error tipográfico en el título
    FIRME Y SERENO ANTE LA ADVERSIDAD.

  2. #2
    Jlopez1957
    Guest
    Hace tiempo decidi no solicitar ninguna condecoración relativas a la antiguedad en el Cuerpo

    Y ahora que dan ese beneficio, fiel a lo que pienso no las voy a pedir.


    Con esas condecoraciones y sin ellas, tengo la misma antiguedad y me parece sencillamente una "cafrada" la nueva norma.

    La GC sabe el dia que entre en el Cuerpo y por tanto los años de mi antiguedad.

    Si legislan que por esa antiguedad tengo el derecho de unos dias de de vacaciones, que sea sin mas tramites.

    Y si no es asi, que se los queden...........segun opino.

    No deseo una condecoración que tenga que pedirla como gracia y favor, aparte de a una institución militar que mejor no opino..........................

    Queda muy bonito cada año en El Escorial..............pues para ellos.................

    Y aparte, si algún compañero como la ha perdido y esta en activo, quien ha pensado que no tiene ese derecho por no tener una condecoración...............................

    Volvemos hacia atras.......asi todos mas militares o sin recreo...............

  3. #3
    La última Cruz a la Constancia en el Servicio que ha llegado al puesto es para una persona que creo,... creo, que según el boletín su contrato laboral sigue siendo con la Guardia Civil. Lo digo porque lleva *mas de 3 años de baja. Pero una baja de estas en las que cada "x" tiempo aparece por el cuartel, riéndose de todos, de cachondeo, aparcando en zona de seguridad con una furgoneta rotulada de la empresa donde trabaja... si... por supuesto que él tiene su trabajo, y cada mes el Estado le regala 1.000 pavos.
    Y vemos el diplomita de la concesión de la medalla en la que dice: "un ejemplo a seguir para todos los guardias civiles"... ¿¿¿pero qué me estás contando???

    *Mas de 3 años de baja, y no cesa en destino. Le ha dado el 4 el Tribunal Médico.

  4. #4
    y a ti que te importa?

  5. #5
    Jlopez1957
    Guest
    Creo que el tema es por el fondo del asunto.

    Que la antiguedad es desde que entras en la GC y como tal siempre y cuando estemos en activo deberiamos tener el derecho que se legisle.

    Y que el mero hecho de tener las condecoraciones de la norma, no es señal de nada, solo que se llevan x años de servicio.

    Y esas condecoraciones, no seria lógico que se entregaran de oficio?

    Vamos que lo han adornado sin entender el motivo.

    Con lo sencillo que es decir a 10 años x a 20 x a 30 x...............................sin mas consideraciones.

    Vamos ahora con esta norma todo lo contrario a simplificar la Administración..........................y causar un perjuicio extra a los GC que por el motivo X no pueden solicitarla........aun teniendo la antigüedad.

    Eso si para seguir en activo y haciendo servicio si sirven.........................

  6. #6
    Si se hubiese hecho por antigüedad, la medida tendría que extenderse a todos los funcionarios, de esta forma no. Los únicos que podrían pedirlo son los militares de las Fuerzas Armadas, que también pertenecen a la Orden de San Hermenegildo.
    El necio afirma, el sabio duda y reflexiona (Aristóteles)

  7. #7
    Cita Iniciado por foxdemox Ver mensaje
    Si se hubiese hecho por antigüedad, la medida tendría que extenderse a todos los funcionarios, de esta forma no. Los únicos que podrían pedirlo son los militares de las Fuerzas Armadas, que también pertenecen a la Orden de San Hermenegildo.

    Ahí está la, a mi modo de ver, arbitraria decisión.
    Para evitar que se beneficien de la medida ciertos colectivos, se legisla "ad hoc".
    Se otorga un beneficio, hasta ahora inexistente, en los reglamentos de las condecoraciones (San Hermenegildo y Constancia en el Servicio) y de esta manera se beneficia a muchos en perjuicio de otros trabajadores del mismo Cuerpo que, ni tienen ni podrán optar a tener las citadas condecoraciones (por un motivo u otro).
    Me pregunto . . . ¿esto es justo?
    En mi caso y con los años que me quedan en esta Institución me suponen, nada más y nada menos, 52 días pedidos, vamos . . . las vacaciones de dos años y medio.
    " ... Qué delito cometí contra vosotros naciendo . . ."
    Por otra parte según " creo recordar" que la autoridad o funiconario público que, a sabiendas, dictase resolución injusta comete el delito de ¿cómo se llama?. . . Ah si !!! puede ser prevaricación?
    Saludos.
    PD.- Cuando pidan los beneficios "adheridos" a las condecoraciones citadas los miembros de las FAS, se los darán?
    FIRME Y SERENO ANTE LA ADVERSIDAD.

  8. #8
    Jlopez1957
    Guest
    Los que trabajamos para al Administracion del Estado de una vez por todas deberíamos tener la misma carta de derechos.

    Aquí se legisla a conveniencia pero no con un criterio único.

    Cuando una parte de los funcionarios de la administración, tiene un derecho años de reclamaciones para conseguirlo los demas .

    Esto ya parece el dia de la marmota, no salimos de la improvisación y de legislar a golpe de ideas...............

  9. #9
    Cita Iniciado por Jlopez1957 Ver mensaje
    Los que trabajamos para al Administracion del Estado de una vez por todas deberíamos tener la misma carta de derechos.
    ¿Como es eso de la misma carta de derechos?, que no lo entiendo.
    El necio afirma, el sabio duda y reflexiona (Aristóteles)

  10. #10
    Jlopez1957
    Guest
    Es interesante leerse bien el acta de la Comisión permanente de la Normativa y del Estatuto Profesional del Consejo de la GC de 3 de diciembre pasado, para ver que existen muchos condicionantes, para que la aplicación de esta medida de días extras de permiso, solo por las condecoraciones aparejadas a la antigüedad, van a generar muchos problemas..........

    Una buena idea, al final solo sirve para generar conflictos.....................

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