Lo dicho en el momento q t inabilitan por el tiempo q sea en una sentencia judicial, ¿conyeva la expulsion del cuerpo definitiva? ya se q no es lo mismo inabilitacion q suspension, pero tengo esta duda, gracias d antemano.
Lo dicho en el momento q t inabilitan por el tiempo q sea en una sentencia judicial, ¿conyeva la expulsion del cuerpo definitiva? ya se q no es lo mismo inabilitacion q suspension, pero tengo esta duda, gracias d antemano.
creo que si nos inhabilitan siquiera por un día, conlleva la expulsión del cuerpo.
Asi es, sentencia con condena de inhabilitación firme aunque sea por un día, conlleva la apertura de expediente disciplinario por falta muy grave y sanción administrativa de separación del servicio. Quien te expulsa del cuerpo es la Guardia Civil, no la sentencia judicial que a priori tan solo inhabilita para el tiempo correspondiente a la pena, por eso a veces la gente no es consciente de las consecuencias de la inhabilitacion que trae la actuación administrativa.
edit: Se me olvidaba señalar el derecho que igualmente asiste tras cumplir la condena de inhabilitación por el tiempo que se determine a solicitar la rehabilitación en el puesto (en nuestro caso al Consejo de Ministros, aunque de que sea a este organo tampoco estoy totalmente seguro) pero la respuesta suele ser negativa ( imagino que salvo enchufe tamaño XXL) y también existe una doctrina del TS que se muestra contrario a la rehabilitación de funcionarios policiales aduciendo que la naturaleza de los delitos que conllevan inhabilitacion como policías y la ejemplaridad que se reclama a estos funcionarios son contradictorios, asique en la práctica una vez expulsado no hay retorno ni a la GC ni a ningún otro lugar de la administración, pues una de las condiciones para optar a oposiciones públicas es no haber sido separado del servicio de ninguna administración.
Un saludo!
Última edición por afr; 10/01/2014 a las 15:31
Aunque te inHabiliten por un día, conLLeva la expulsión.
Afirmo y confirmo un solo día de inhabilitación para empleo o cargo público conlleva la separación del servicio es decir perdida condición militar de carrera = EXPULSIÓn.
Muchas gracias a todos por vuestra rapida respuesta, me queda claro. Lo q pasa es q veo en muchas sentencias contra guardias civiles y policias que llevan esta pena en union a la de algun periodo en prision y muchas veces por tonterias y lo veo totalmente desproporcionado y mas como esta hoy en dia el trabajo en la calle.
Última edición por PURO; 10/01/2014 a las 16:02
Aveces la unica solicion que te dejan tanto la administración, como el propio cuerpo, es tener unas gafas de madera, y aprender de los caimanes que papeleta sin novedad muchas pagas veras, soy el primero que quiere trabajar, pero cuando por un error en el trabajo diario q no esta pagado, ni valorado conlleva la expulsion del cuerpo, opino que 8h y a tu casa!!! Y que la guardia civil la hereden otros!!!
Marcadores