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  1. #1

    Inabilitacion = expulsion

    Lo dicho en el momento q t inabilitan por el tiempo q sea en una sentencia judicial, ¿conyeva la expulsion del cuerpo definitiva? ya se q no es lo mismo inabilitacion q suspension, pero tengo esta duda, gracias d antemano.

  2. #2
    creo que si nos inhabilitan siquiera por un día, conlleva la expulsión del cuerpo.

  3. #3
    Aunque te inHabiliten por un día, conLLeva la expulsión.

  4. #4
    Asi es, sentencia con condena de inhabilitación firme aunque sea por un día, conlleva la apertura de expediente disciplinario por falta muy grave y sanción administrativa de separación del servicio. Quien te expulsa del cuerpo es la Guardia Civil, no la sentencia judicial que a priori tan solo inhabilita para el tiempo correspondiente a la pena, por eso a veces la gente no es consciente de las consecuencias de la inhabilitacion que trae la actuación administrativa.

    edit: Se me olvidaba señalar el derecho que igualmente asiste tras cumplir la condena de inhabilitación por el tiempo que se determine a solicitar la rehabilitación en el puesto (en nuestro caso al Consejo de Ministros, aunque de que sea a este organo tampoco estoy totalmente seguro) pero la respuesta suele ser negativa ( imagino que salvo enchufe tamaño XXL) y también existe una doctrina del TS que se muestra contrario a la rehabilitación de funcionarios policiales aduciendo que la naturaleza de los delitos que conllevan inhabilitacion como policías y la ejemplaridad que se reclama a estos funcionarios son contradictorios, asique en la práctica una vez expulsado no hay retorno ni a la GC ni a ningún otro lugar de la administración, pues una de las condiciones para optar a oposiciones públicas es no haber sido separado del servicio de ninguna administración.

    Un saludo!
    Última edición por afr; 10/01/2014 a las 15:31

  5. #5
    Afirmo y confirmo un solo día de inhabilitación para empleo o cargo público conlleva la separación del servicio es decir perdida condición militar de carrera = EXPULSIÓn.

  6. #6
    Muchas gracias a todos por vuestra rapida respuesta, me queda claro. Lo q pasa es q veo en muchas sentencias contra guardias civiles y policias que llevan esta pena en union a la de algun periodo en prision y muchas veces por tonterias y lo veo totalmente desproporcionado y mas como esta hoy en dia el trabajo en la calle.
    Última edición por PURO; 10/01/2014 a las 16:02

  7. #7
    Aveces la unica solicion que te dejan tanto la administración, como el propio cuerpo, es tener unas gafas de madera, y aprender de los caimanes que papeleta sin novedad muchas pagas veras, soy el primero que quiere trabajar, pero cuando por un error en el trabajo diario q no esta pagado, ni valorado conlleva la expulsion del cuerpo, opino que 8h y a tu casa!!! Y que la guardia civil la hereden otros!!!

  8. #8

  9. #9
    hay que tener mucho cuidado.


    Última edición por dog12; 11/01/2014 a las 00:54

  10. #10
    Independientemente del dictado de la Ley de Personal, ¿no resultaría suficiente la dicción del C.Penal al efecto en condenas de inhabilitación especial para funcionario público para perder esa condición?.

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