La inhabilitacio de empleo publico es diferente a la inhabilitacion para oficio. La segunda es la interpretada por el tribunal superior de madrid. La primera es una condena eterna.
Hay delitos y delitos, narcotrafico,y otros es incompatible con la profesion. Pero hay otros, por omision, por imprudencia, por desconocimiento, por exceso de celo....etc que te llevan ala expulsion, no hay paro, no te quieren en la calle, no hay prestaciones, total indigente total, y tus hijos a pasar hambre y penurias.....