Yo me refiero que tienes que justificarlos incluso por diligencias el cacheo integral en dependencias policiales, pues imaginemoslo en la calle. Esto lo saca a colación que algunos compañeros le hacen asco a tales prácticas. Pues bien, más alla del asco o no que les de, tiene que estar muy justificado el examinar los genitales de una persona, y desde luego que la Ley 1/92 para artículos como el 25.1 de simple sospecha tenencia de drogas en la vía pública, para nada está amparado y/o justificado por ley.