Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Resultados 1 al 10 de 10
  1. #1

    Qué multas puedes sufrir por no llevar los papeles en el coche

    Quisiera que alguien me lo aclarara, gracias,


    El Congreso exime a los conductores de llevar la documentación en el coche

    El Congreso ha aprobado una enmienda presentada por el PP que acaba con la obligación de llevar en el vehículo la documentación, como el permiso de circulación, que haya expedido la Administración.
    Última edición por SEMINARIO; 29/01/2014 a las 15:49

  2. #2
    Por no llevar los papeles.....mínimas. Otra cosa es si no tienes pasada la itv, etc...No llevar el carnet, creo que son 10 euros nada más, no estoy seguro, otra cosa es que no lo tengas, ja ja ja

  3. #3
    MONTESCO
    Guest
    Todo esto era de cajón.
    Es más, hay un montón de trámites en los que nos piden documentación que la propia Administración te ha expedido y podríamos negarnos.
    La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común especifica que NO TENEMOS QUE APORTAR DOCUMENTOS QUE YA OBRAN EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN.

    Por tanto, todo esto es normal y más cosas que pasarán.

  4. #4
    Por ahora son 10€ tanto no presentarme el carnet de conduncir, 10€ por el permismo de circulacion y otros 10€ por la tarjeta de inspeccion tecnica, y si lo han cambiado no me enterado.

  5. #5
    Entonces para denunciar tiene que haber un artículo en vigor digo yo

    .Bartolomé Quero de Sevilla

    Bartolomé Quero de Sevilla

    Los rumores, como es sabido, suelen hacer mucho daño. El último, que a mí, pesar de todo mi bagaje como profesional del derecho, me ha costado una multa de tráfico, ha sido el de que ya no era obligatorio llevar la documentación en el coche.

    Efectivamente, hace unos meses corrió este rumor, porque con los avances de Internet, la Guardia Civil, a través de un terminal conectado a una base de datos, podía saber, si estábamos en posesión de toda esa documentación. Pues bien, resulta que es falso el rumor y sigue existiendo esa obligación, solo que si es cierto, que se ha relajado en parte.

    La pasada semana en la bajada del puente de la carretera de La Roca, en el cruce con la de La Nava, me dieron el alto dos Agentes de la Guardia Civil de Tráfico. Muy tranquilo yo, pensando que iba todo en regla, paré y cuando el Agente me pidió la documentación del coche y mi carné de conducir, le dije que no lo llevaba porque ya no era obligatorio. El Agente me dijo que eso no era así y que me tenía que denunciar.
    En un principio pensé en discutirle, pero la prudencia, me indicó que me callase hasta ver qué artículo y de qué Ley hacía constar en la multa, para luego en mi despacho comprobarlo y si el Agente se había confundido, hacer el correspondiente Pliego de Descargos, que, lógicamente, a mi me sale gratis.

    El otro Agente, después de comprobar a través de ese terminal si toda la documentación estaba en regla, le dijo al que me iba a denunciar, que si, que todo era correcto, como no podía ser de otro modo.

    El Agente con el que yo hablaba me extendió el correspondiente resguardo de la multa y continué la marcha.

    Como era domingo, lo dejé para el lunes, y cuando llegué a mi despacho comprobé la infracción que había hecho constar el Agente en el Boletín de denuncia, y efectivamente había infringido la obligación contenida en el artículo 3, apartado 2 del Real Decreto 818/2009 que dice que 2. "El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia de conducción, así como cualquier otro documento o autorización que, de acuerdo con la normativa vigente, necesite para poder conducir. Estos documentos deberán ser válidos, estar vigentes y se deberán exhibir ante los agentes de la autoridad que lo soliciten". Y este artículo les aseguro que está vigente. Lo que ha ocurrido es que como les decía antes, la cosa se ha relajado un poco a raíz de conceder a los Agentes esos terminales y como áquellos pueden comprobar si el vehículo ha pasado la revisión, si tiene seguro, si tenernos el carné de conducir retirado o no, etc, pues ahora lo que si nos permiten y no sancionan por ello, es llevar una fotocopia compulsada de toda la documentación, (que antes también te multaban).

    Así que si no quieren que les pase lo que a mi, y no quieren llevar la documentación original en el coche, por lo menos lleven una copia compulsada por el Ayuntamiento o por la Guardia Civil.

    Por cierto la multa solo me costó 5 euros por que el Agente solo me denunció por no llevar ni el original ni la copia del carné de conducir, obviando la no llevanza del resto de la documentación.


    Última edición por SEMINARIO; 30/01/2014 a las 10:48

  6. #6
    Ya hay que tener ganas para denunciar por eso. Como bien han comentado son 5 euros con el descuento. Esas denuncias yo las dejo para los perlas que todo lo que se le pueda meter es poco, pero para una paisano "normal" no viene mucho a cuento. Un saludo.

  7. #7
    Es una infracción que se debería denunciar más , por que si ademas de no llevar el permiso de conducción, no lleva (como suele ser habitual) el DNI , ya tienes faena para identificar correctamente al usuario, con denuncias como esta , aunque de escasa cuantía podemos lograr que se acostumbren a circular identificados.

  8. #8
    Hombre no creo que ningun compañero denuncie a un ciudadano normal por estos articulos, yo solo los he usado en alguna detencion por seguridad de vial o algun grasiosillo.

  9. #9
    No lo veo correcto. ¿Por qué?, pues el otro día en un accidente ambas partes estaban de acuerdo en rellenar el parte amistoso pero uno no tenía la documentación del vehículo, por lo que se tardó mas del triple en rellenar el parte amistoso porque piden datos como nº de póliza, tomador del seguro, fecha validez del permiso de conducir del conductor, etc, etc, etc, por lo que si no se disponen de estos datos en el momento o los dejas en blanco (y luego en frío reclama a la aseguradora) o tienes que realizar 40 llamadas (eso habiendo cobertura).

  10. #10
    se debería de obligar por lo menos a llevar una fotocopia compulsada

Marcadores