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Resultados 21 al 30 de 35
  1. #21
    Que cosa mas fea el gorro de cuartel, con la borlita esa parece las cuerdas de una cortina de los años 80. Lo mismo podian hacer con las cuerdecitas de la boina......hacerlas desaparecer.

  2. #22
    Yo tengo uno de esos gorros cuarteleros (me lo dieron hace muchos años al quedarme de Comandante de Puesto) y me parece cómodo.-

  3. #23
    A mi me gusta el chocho.
    Me refiero al gorro.
    Y e bastante cómodo y da bastante imagen.

  4. #24
    Cita Iniciado por Asturiancetorix Ver mensaje

    Pero el gorrito cuartelero ese hace tiempo que no lo dan ya, imagino que se usará o la Teresiana o la gorra (ya que la Teresiana murió, al igual que el jersey de parches, el jersey de cuello de cisne, la chaquetilla...).

    Saludos!.

    En tráfico se sigue usando el jersey de parches y el cuello de cisne...

  5. #25
    Las bodas quedan incluidas en el apartado 1 ó en el 2, no recuerdo cual de los dos... De memoria, y según recuerdo al haberla leído, no es necesaria autorización en actos solemnes y de especial relevancia (apartado 1 ó 2). No deja de ser nuestro uniforme, y como tal tenemos derecho a usarlo en dichos actos. De hecho, aunque de algún modo ha caído en desuso, era habitual vestirlo en actos sociales. O dicho de otro modo, lo que ahora es casi una excepción (casarse de uniforme, por ejemplo), antaño era lo habitual. La excepción era casarse, o acudir a actos similares de paisano.

    Creo que esta norma va más dirigida a regular el uso del uniforme en manifestaciones, entrevistas televisadas, etc.

    Un saludo
    cada uno es cada uno, y cada seis... media docena

  6. #26
    Cita Iniciado por pikox Ver mensaje
    Esto es el gorro cuartel, con la entrada en vigor de la nueva uniformidad se lo han dado al personal que trabaja en labores burocráticas en Comandancias y similar, solo se puede utilizar en el interior de acuartelamientos

    Cabos y guardias

    Suboficiales

    Oficiales

    Oficiales Generales
    A mi me comentaron que había cualquiera podía pedirlo con los puntos Alfil.

  7. #27
    Cita Iniciado por toreter6 Ver mensaje
    Y la boina azul de la UHEL?
    Pues como casi siempre, por no decir siempre

  8. #28
    Cita Iniciado por berlin Ver mensaje
    Que cosa mas fea el gorro de cuartel, con la borlita esa parece las cuerdas de una cortina de los años 80. Lo mismo podian hacer con las cuerdecitas de la boina......hacerlas desaparecer.
    Quítaselas tu, que no pasa nada...las de la boina, digo.
    La Guardia Civil muere pero no se rinde

  9. #29
    Las tengo quitadas........

  10. #30
    Perdonarme, pero creo que estáis poniendo el foco donde no se debe. Yo creo que en esta Orden Interna hay varias cosas que nos repercute mucho mas.

    Lo primero. El Artículo 7.3 dice:

    Artículo 7. Prohibiciones y limitaciones en el uso del uniforme o de sus prendas

    3. El uniforme de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil o de cualquiera de sus prendas singulares o significadas será de utilización exclusiva y única por los integrantes del mismo y por el personal retirado, en las situaciones y condiciones aquí reguladas; quedando prohibido su uso público en las demás circunstancias así como por personas ajenas al Instituto armado, salvo que, expresamente se autorice, previa solicitud, por razones de interés profesional, social o cultural.
    En este artículo veo una chapuza enorme, y un problema para asociaciones.

    Primero la chapuza. Una orden interna sólo nos afecta a nosotros. No hay ley que diga que no se pueda hacer uso de prendas sueltas de la guardia civil si son significativas. Me explico con una pregunta ¿quien no ha visto de servicio a gente vistiendo alguna parte de un uniforme, el que sea, estando de caza? ¿o haciendo de albañil? Entonces, ¿quien va a obligar a alguien que no haga uso de esa prenda? ¿yo como guardia civil? Me parece a mi que no. No tengo base legar para ello. Ni esto:

    Artículo 637, del Código Penal.

    El que usare pública e indebidamente uniforme, traje, insignia o condecoración oficiales, o se atribuyere públicamente la cualidad de profesional amparada por un título académico que no posea, será castigado con la pena de localización permanente de dos a 10 días o multa de 10 a 30 días
    Ni esto:

    Artículo 402, del Código Penal.

    El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
    Y ahora el tema de la jodienda a las asociaciones. A partir de ahora nada de hacer uso de cualquier prenda por parte de las asociaciones en ningún acto asociativo que no sean autorizadas.
    Última edición por El Bicho Verde; 04/02/2014 a las 18:05

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