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Resultados 1 al 10 de 35
  1. #1
    Desaparece la teresiana

  2. #2
    -Guardia Civil, los integrantes de dicho Cuerpo no podrán asistir a manifestaciones o reuniones vistiendo el uniforme reglamentario, ni portando armas. Tampoco podrán utilizarse prendas que hayan formado parte del uniforme de la Guardia Civil, ni las que claramente se identifiquen, por su singularidad o significación.

    -No se podrá acudir vistiendo el uniforme, salvo en acto de servicio, a lugares y establecimientos incompatibles con la condición de Guardia Civil.

    ¿Cuales son los lugares y establecimientos incompatibles? Un puticlub, un bar, una iglesia.
    ¡ A SUS ÓRDENES !

  3. #3
    Habiéndolo leído un poco por encima, vamos que en las bodas, a pedir autorización...y ¿el uniforme de campaña en que lugar lo deja?

    PD: La teresiana es el gorro de cuartel, si no ya me dirás con que se pone el resto

  4. #4
    Cuales son lugares incompatibles?????

  5. #5
    Cita Iniciado por toreter6 Ver mensaje
    Desaparece la teresiana
    La teresiana hace tiempo que desapareció, en cuanto a uniformidad en ésta Orden Ministerial no hay cambios con respecto a la última Orden General de Uniformidad

  6. #6
    Supongo que reiteran ciertos aspectos para ver si de una vez por todas nos ponemos las pilas y de paso las prendas reglamentarias, que luego bien que nos gusta no salir haciendo el ridículo en las TVs, que nosotros mismos somos los que criticamos y decimos que parecemos el ejército de Pancho Villa.

  7. #7
    Cita Iniciado por calabaza Ver mensaje
    Cuales son lugares incompatibles?????
    Incompatibles no lo define, pero si hubiera puesto de mala reputación serían Ayuntamientos, Diputaciones, Congreso, Parlamentos Autonómicos y demás donde estén esos que dicen gobernarnos.

  8. #8
    Una duda y la orden general de uniformidad? Queda derogada? Es que hay ciertas discrepancias entre una y la otra.

  9. #9
    3. Salvo que razones de seguridad u otras debidamente apreciadas lo impidan, para el personal señalado en los apartados anteriores será obligatorio el uso del uniforme que corresponda con ocasión de su asistencia o participación en alguno de los siguientes
    actos o actividades:
    a) Actos institucionales, de carácter público y oficial, a los que se acuda en representación del Cuerpo de la Guardia Civil.
    b) Presentaciones y despedidas oficiales.
    c) Reuniones de servicio oficiales a las que sean convocados por su cargo, función o condición.
    d) Reuniones del pleno, comisiones o grupos de trabajo del Consejo de la Guardia Civil.
    e) Conferencias, seminarios o actos similares, y la presencia o comparecencia ante los medios de comunicación, cuando se asista o participe en representación del Cuerpo de la Guardia Civil, salvo que se disponga lo contrario.
    f) En las demás comisiones de servicio cuando así se haga constar en el nombramiento correspondiente.
    g) En aquellos otros actos o actividades del servicio en que expresamente así se ordene.
    4. La utilización del uniforme en las situaciones no contempladas en los apartados anteriores requerirá la previa solicitud y la autorización correspondiente, de acuerdo con las condiciones que más adelante se establecen.



    Entonces para bodas y para la procesión del pueblo... a escribir.

  10. #10
    ¿según esto se puede utilizar en traje de campaña? ¿Y por qué no se o dan a los de nuevo ingreso?

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