
Hablo de condiciones normales, por lo que comentáis, se cobra igual que en activo, cosa que me parece rara en una jubilación por edad, siempre he escuchado que cuando te jubilabas se ganaba menos.......
yo también he escuchado eso en más de una ocasión. Pero no puedo asegurarlo. A ver si alguno de nosotros tiene algún familiar retirado y nos puede sacar de dudas.
yo supongo que se cobra menos que de activo, lógico.
también siempre tuve la curiosidad de cuánto cobra un sargento retirado....
SIEMPRE SE PUEDE HACER ALGO PARA ESTAR UN POQUITO MEJOR...
Sueldos anuales del personal retirado de la Guardia Civil:
- De Guardia a Cabo Mayor - 24.273,59 €, repartidos en 14 pagas.
- De Sargento a Alférez - 31.605,54 €, en 14 pagas.
- De Teniente a General - 40.158,22 €, en 14 pagas.
Eso corresponde al sueldo bruto, de ahí, hay que descontar el IRPF, que le corresponda a cada uno.
Las escalas de Cabos y Guardias, la de Suboficiales y la de Oficiales, que están próximos al retiro, cobrarán algo menos. Por qué les corresponden varios haberes reguladores: C2 y C1; a los Suboficiales: C2, C1 y A2; y a la de Oficiales: C2, C1, A2 y A1.
- Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
Saludos.
Aquí no contáis con una cosa que es que la pensión máxima contributiva para el año 2016 que acaba de terminar es de 2567€ por lo que ese cálculo no es correcto, ya puedes cotizar todo lo que cotices que el Estado no paga mas de eso y de ahí descontar el IRPF, que para el que llega al máximo `puede ser del 20%Sueldos anuales del personal retirado de la Guardia Civil:
- De Guardia a Cabo Mayor - 24.273,59 €, repartidos en 14 pagas.
- De Sargento a Alférez - 31.605,54 €, en 14 pagas.
- De Teniente a General - 40.158,22 €, en 14 pagas.
Eso corresponde al sueldo bruto, de ahí, hay que descontar el IRPF, que le corresponda a cada uno.
Las escalas de Cabos y Guardias, la de Suboficiales y la de Oficiales, que están próximos al retiro, cobrarán algo menos. Por qué les corresponden varios haberes reguladores: C2 y C1; a los Suboficiales: C2, C1 y A2; y a la de Oficiales: C2, C1, A2 y A1.
- Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
Saludos.
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