Tengo entendido que si la reducción tiene concreción horaria, no.
Buenas compañeros;
Bueno me duda es la siguiente, si tienes concedida una reducción de jornada por cuidado de hijos, del porcentaje que sea, puedes quedarte de sucesion de mando o comandante de pto accidental? Tengo entendido que no pero a ver si alquien lo puede aclarar. Gracias
Tengo entendido que si la reducción tiene concreción horaria, no.
Alguien mas me puede ayudar sobre este tema gracias
Yo por lógica supongo q no...tengas concedido un horario o no,la reducción se fundamenta en el cuidado de un menor y si te llaman a las 3 de la mañana por una emergencia por pocas horas q hagas con quien dejas al niño? La reducción tiene su sentido para garantizar que estarás con ese menor y ciertos momentos si o si...pero vamos que donde empieza la lógica acaba la Gc así que a saber....
Yo en tu caso si te toca quedarte haría una instancia exponiendo esos motivos más o menos
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