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Vista híbrida

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  1. #1

  2. #2
    A ver si yo te puedo ayudar un poco, hay dos maneras de hacerse pareja de hecho en el Registro oficial de Ayuntamiento o Comunidad, y ante notario. Ante notario no tienes que acreditar una convivencia anterior, pero ante el Registro si tienes que acreditarlo, ya sea con algún certificado de convivencia o que hayas estado empadronado con tu pareja durante dos años. Entonces si tu ya has acreditado ante el registro esa convivencia no tienes que volver hacerlo. Yo lo hice asi estuve varios años viviendo con mi pareja luego me inscribi en el registro y en mi unidad no me pidieron nada mas. Un saludo

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