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Resultados 11 al 17 de 17
  1. #11
    Cita Iniciado por RABODEBOI Ver mensaje
    ¿No se sanciona como falta leve el simple consumo, de servicio o de uniforme, aun sin embriaguez? ¿Alguien sabe si alguna vez se ha aplicado recientemente en el Cuerpo?

    En mi unidad pasó algo relacionado pero no lo recuerdo muy bien porque me había puesto ciego a birras...

  2. #12
    Si, le ha faltado poner eso al compi, consumir es falta leve...
    Rosendo sería en la patrona

  3. #13
    Orden General número 5, dada en Madrid el día 7 de marzo de 2001
    Asunto: Limitación al consumo de bebidas alcohólicas.

  4. #14
    Orden General número 5, dada en Madrid el día 7 de marzo de 2001

    y el consumo de alcohol si es sancionable según esa orden

    aunque no se si esta en vigor

  5. #15
    Llegados a este punto, conviene aclarar lo siguiente:
    -1. es falso que en la GC, haya más maricones que en otro sector de la sociedad (tampoco menos)
    -2. es falso que en la GC, haya más borrachos que en el gremio de los taxistas (tampoco menos)
    -3. es absolutamente falso que en la GC, haya más seguidores del Real Madrid, en mi Unidad hay tres seres repugnantes seguidores culés
    A partir de aquí, ya podemos empezar a hablar con rigor.

  6. #16
    Jlopez1957
    Guest
    Lo que es totalmente incompatible es el consumo de alcohol con portar armas o conducir un vehiculo oficial.

    Y aplicando la norma para todos, estando de servicio, el que sea ........durante el servicio..........no poder consumir alcohol.

    Fuera del servicio, cada uno sabe de su responsabilidad.

    Pero nunca se deberia ver a un Guardia Civil de uniforme, en la circunstancia que sea, incluso en las cafeterias de los acuartelamientos, consumir alcohol.

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