Compañero, lo enviado es claramente una propuesta ó sugerencia y una Ley nos legitima a ello. Explícitamente viene regulado en el artículo 92 de la Ley 42/1999 del Régimen de Personal de la Guardia Civil.
Artículo 92 Consejo de la Guardia Civil
1. El Consejo de la Guardia Civil es el órgano colegiado de participación de representantes de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil y de la Administración General del Estado con el fin de mejorar las condiciones profesionales de su integrantes, así como el funcionamiento de la Institución.
2. Los Guardias Civiles podrán dirigirse directamente al Consejo de Guardia Civil para plantear propuestas y sugerencias sobre el régimen de personal, sobre sus derechos y deberes, sobre el ejercicio del derecho de asociación y sobre los aspectos sociales que les afecten. Este procedimiento no resultará de aplicación a las peticiones, quejas y recursos, que se tramitarán por el procedimiento regulado en el Capítulo V de este Título.
http://noticias.juridicas.com/base_d...9.t10.html#a92
No metamos miedos a nadie gratuitamente. Eso es precisamente lo que ellos quieren, gente cobarde y maleable.
Saludos
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