Yo no tengo conocimiento de esa instruccion,los asuntos propios se pueden pedir cuando los necesites con almenos 5 dias de antelacion al dia en cuestion,teniendo tres dias para contestar el suboficial en cuestion de si se deniega o no...almenos eso es lo que yo recuerdo.
mirate la normativa pero al no ser que un compañero me corrija eso es lo que hay en la Ley y nada de rango inferior la puede contravenir.
otra cosa es para las vacaciones y licencias...,un saludo.