Curiosamente estoy en la misma tesitura, mi abuela materna falleció el lunes. Por tanto, te digo: Ante todo solicitar el permiso urgente por escrito ( así si te lo deniegan que sea por escrito, de este modo puedes presentar denuncia en cualquier juzgado por prevaricación a tu Comte de Puesto). En segundo lugar, al ser consanguinidad de segundo grado te corresponden 4 días( Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos
1. Las Administraciones Públicas determinarán los supuestos de concesión de permisos
a los funcionarios públicos, sus requisitos, efectos y duración. En defecto de legislación
aplicable los permisos y su duración serán, al menos, los siguientes

“a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer
grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca
en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.-

-Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar
dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días
hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando
sea en distinta localidad”.-

Los días hábiles de este permiso han de ser los inmediatamente posteriores al hecho
causante, computándose solamente los domingos y festivos. Así pues y como vemos,
los sábados se consideran días hábiles a efectos de disfrute de este permiso.) No obstante recuerda que son hábiles y si cae algún festivo en medio no cuenta. Esto es a lo que tienes derecho. Otra cosa es que, como normalmente pasa en esta empresa, te los quieran pisar.
Saludis