Cita Iniciado por poli93 Ver mensaje
Se entiende distinta localidad distinto municipio o distinta ciudad? O al criterio de la "superioridad"
Pues eso es otra de las cosas que ha cambiado negativamente con la última modificación de la norma. Antes si la enfermedad grave/fallecimiento se producía fuera de tu localidad de destino te pertenecía el número máximo de días si era necesario. Ahora con la nueva regulación no tardarán, los defensores del personal para prestar servicio, en decirte que es distinta localidad de destino o de residencia.

"Artículo 17. Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar por
consanguinidad o afinidad.
1. En los supuestos de fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar
dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, se concederán como máximo tres
días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad de destino o en la de
la residencia que tenga autorizada
, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad."