El Tribunal Supremo desestima la devolución a las gasolineras del 'céntimo sanitario' repercutido a sus clientes

Fue declarado contrario a derecho por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea

La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha establecido que no procede que las gasolineras obtengan la devolución de las cantidades que pagaron como sujetos pasivos por el impuesto sobre hidrocarburos denominado ‘céntimo sanitario’, que fue declarado contrario a derecho por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, cuando, tras haber repercutido el tributo en el consumidor final e ingresado el importe repercutido en las arcas públicas, éste último (el consumidor final) no puede conseguir el reintegro por resultarle imposible acreditar la repercusión que soportó.

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...a-sus-clientes