He tratado de exponer el tema en el foro de temas profesionales pero no lo he conseguido.
Qué tal compañeros, necesito que me deis opiniones sobre una duda que nos ha surgido a raíz de un accidente de circulación que hemos instruido.
El accidente fue como sigue:
Un vehículo “A” circula por una calle urbana “X”, a poca velocidad porque sólo lleva unos 60 metros circulando, hasta que llega a un cruce sin señalizar en forma de “T” donde sale otra calle “H” por la derecha por la que circula otro vehículo “B”. Hasta ahí bien.
El vehículo “B” colisiona fronto-lateralmente en la aleta anterior derecha del vehículo “A”, quedando enganchado en su carrocería.
La duda es la siguiente:
Mi opinión es que en este caso se debería aplicar la norma general de prioridad de paso recogida en el artículo 21.2 del texto articulado sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, ya que al no existir señalización, la prioridad la tendría el vehículo “B” que accede por la derecha al cruce. Es decir la responsabilidad del accidente la tendría el vehículo “A”.
Mi compañero sin embargo opina que en este caso habría que aplicar el artículo 26 del texto articulado donde habla sobre la incorporación de vehículos a la circulación, ya que el vehículo “A” cuando se produce la colisión ya estaba dentro del cruce, y el vehículo “B” debería haberse cerciorado de que no existía ningún peligro al incorporarse. Por lo tanto la responsabilidad del accidente recaería sobre el vehículo “B”.
¿Qué opinais?
Marcadores