Pienso si el pago del seguro es posterior al embargo ya ejecutado, pagar un seguro es tiempo perdido por un bien que no se tiene. Circular con ese coche quebrantando una condena Delito; a pagar todo y de nuevo al banquillo de los acusados. Pagará el Consorcio de seguros cuando haya sentencia. Y el conductor del vehículo precintado después cuando ese Seguro le reclame todo.
Marcadores