Se me plantean varias dudas sobre esta Ley aparte que me parece que empeora para la realización de nuestro trabajo cotidiano, explico:
Duda 1: Se supone que el código penal lo van a modificar y suprimir las faltas, entonces donde iría encuadrado el típico insulto en el cual ahora tenemos un juicio por faltas, explico: se supone que esa falta y todas van suprimidas y en la nueva Ley de seguridad ciudadana solo viene encuadrado como infracción las injurias y faltas de respeto en reuniones y manifestaciones.
Duda 2: La típica infracción por alteración, por encontrarse una persona dando voces y gritos, o pelearse, ha sido suprimida de la nueva Ley, no existiendo una infracción similar, que por cierto a la cual recurrimos mucho la mayoría de los Guardias.
Duda 3: El típico balcón con sus tres plantas de marihuana pasa a estar contemplado como una infracción, pero tengo la duda de:
1- Será suficiente con echar una fotografías a dichas plantas y adjuntarlos a la denuncia.
2- tendremos que aprehendelas, y en este caso será necesario una entrada en domicilio, algo que veo muy engorroso para una simple infracción.
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