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El Gobierno quiere impedir a los inmigrantes sin papeles llamar desde locutorios


"Si una persona no tiene documentación no podrá hacer uso de los teléfonos o conexiones a Internet de los locutorios", señala Interior, que no sabe aún si valdrá el pasaporte del lugar de origen
El anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana establece que "los servicios telefónicos o telemáticos de uso público (...) deberán cumplir las obligaciones de registro documental e información"
El Ministerio desarrollará, una vez que está aprobada la ley, un reglamento que especificará los tipos de documentos que los dueños de estos negocios deberán pedir a los clientes







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El Gobierno da un paso para impedir que las personas sin papeles llamen a casa desde los locutorios y cibercafés o hagan uso de las conexiones a Internet de estos establecimientos. Lo ha hecho de forma discreta en un artículo –el 24– que ha pasado inadvertido en el anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana que aprobó el Consejo de Ministros: la normativa obliga a los negocios privados, como locutorios, cibercafés o desguaces, entre otros, a "cumplir las obligaciones de registro documental e información impuestas por la autoridad competente". Para ello, los usuarios deberán presentar su documentación, según ha adelantado El Confidencial. Algo de lo que carecen los sin papeles.

El Ministerio del Interior desarrollará un reglamento una vez que la ley supere el trámite parlamentario en el que se especificarán las condiciones de la nueva normativa que afectará a los establecimientos que considera importantes para el "mantenimiento de la seguridad ciudadana".
Además de cibercafés, locutorios o desguaces, entre los negocios y actividades a los que obligará a elaborar un libro de registro se encuentran el hospedaje, el comercio o la reparación de objetos usados, así como la compraventa de joyas y metales (preciosos o no), objetos u obras de arte.
Ese reglamento también indicará los documentos que deberán presentar los usuarios, que previsiblemente serán el DNI, el NIE (en el caso de personas inmigrantes en situación regular) o el pasaporte. Interior aún no sabe si permitirá que los clientes presenten documentación de otros países y si la admitirá en el caso de que no tenga el visado reglamentario. Este es el punto que afecta especialmente a las personas en situación irregular y que son los principales usuarios de establecimientos como los locutorios o cibercafés.
Hasta 60.000 euros de sanción

"Si hay una persona que no tiene documentación, no podrá hacer uso de los teléfonos o conexiones a Internet de esos establecimientos", advierte una portavoz oficial del ministerio que dirige Jorge Fernández Díaz. Esa misma fuente compara la petición de documentación para hacer uso de esos negocios privados con la que se solicita cuando se acude al centro de salud. El Gobierno excluyó hace dos años a los inmigrantes sin papeles del acceso a la sanidad pública.
En este caso, la ley de Seguridad Ciudadana castigará a los dueños de los establecimientos que incumplan la normativa, según explica Interior. Los propietarios que no cumplimenten el libro de registro con los datos de identidad de los clientes cometerán una infracción grave, por lo que se arriesgarán a ser multados con entre 1.001 y 60.000 euros. En el caso de que los apuntes del libro se elaboren "incorrectamente o contengan alguna irregularidad" la "autoridad competente" podrá imponer multas de entre 100 y 1.000 euros.
Este no es el único artículo del anteproyecto que preocupa por sus consecuencias para las personas inmigrantes sin papeles. Hacer 'botellón', 'ofender a España', participar en un 'escrache', obstaculizar la actuación pública en la ejecución de un desahucio o incurrir en alguna de las demás infracciones calificadas como graves o muy graves en la futura normativa puede revertir, en el caso de los extranjeros en situación irregular, en la expulsión del territorio nacional y la denegación de sus solicitudes de permiso de residencia.
En este sentido, la disposición final primera modifica de la ley de Extranjería vigente para facilitar las expulsiones de inmigrantes. Hasta ahora se puede aplicar la expulsión en lugar de una sanción "en atención al principio de proporcionalidad", pero en el nuevo articulado la sanción y el proceso de expulsión ya no son excluyentes y se ha eliminado esa referencia a la proporcionalidad por lo que incluso por el simple hecho de encontrarse en situación irregular los expedientes podrían llegar a prosperar. Actualmente, la policía suele abrir procedimientos de expulsión en todos los casos, pero los tribunales les han quitado la razón en varias ocasiones.