Buenos días... Hay alguna Instrucción del DAO al respecto???No te equivoques con eso, compañero, que ya se yo de uno, delegado territorial de la mayoritaria para más señas, que se fue al Juzgado a reclamar una denegación de AP habiendo personal con Descanso Semanal programado para la fecha solicitada, y el Juez dijo que el derecho a disfrutar AP no es mayor al de disfrutar Descanso Semanal.
Pues si Ud. no tiene conocimiento...con el conocimiento demostrado en este Foro a lo largo de su funcionamiento...y aunque en ocasiones podamos discrepar...dudo que mi Superior lo tenga... lo que no quita que sea posible. Yo desde luego desconozco también esa Instrucción del DAO como el me argumenta...
La cuestión es que parece ser que en mi Unidad no se utiliza la misma vara de medir para todos...y esa percepción es de la practica totalidad de los componentes...salvo de los beneficiados evidentemente.
La cuestión es que...como sucede en una familia y asimilando el caso en lo posible...un padre (Comte.Pto.) no debería querer mas a un hijo que a otro (guardias de diferentes Areas).
Al menos esa es mi opinión... ya que si por necesidades del Servicio un componente de Prevención puede hacer servicios de Atención al Ciudadano...no puede o debería también hacer uno de Investigación, pauta, Viogen o Jefe de Area una patrulla puntualmente por necesidades del Servicio???
Marcadores