Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Página 2 de 2 PrimerPrimer 12
Resultados 11 al 16 de 16

Vista híbrida

Mensaje anterior Mensaje anterior   Próximo mensaje Próximo mensaje
  1. #1
    MENSAJE ELIMINADO POR INSUSTANCIAL

    12- No se permite la inserción de mensajes claramente banales o insustanciales, debiendo tener cuanto menos, un interés para todos los usuarios o tratar temas de actualidad; Por ese mismo motivo, se suprimirán aquellos mensajes carentes de contenido alguno, y que solo contengan "smiles", "avatares" o cualquier otro muñeco en sustitución de texto alguno.

    En lo sucesivo serán eliminados este tipo de mensajes del contador de mensajes.
    Última edición por antuning; 27/04/2014 a las 18:23 Razón: Mensaje banal e insustancial

  2. #2
    Hay que cambiar ésto Sí o sí.

  3. #3
    Pues entiendes mal, yo conozco a un compañero que se ha llevado una sanción grave o muy grave no lo recuerdo, únicamente por participar en una manifestación reivindicativa (política al fin y al cabo) en su tiempo libre, sin tener nada que ver con la GC el tema, sin uniforme....y salir por la tv.
    De interventor al fin y al cabo estás defendiendo los intereses de X partido.
    Última edición por Baltasor; 27/04/2014 a las 15:16

  4. #4
    Imputan a un Policía Local de Pulpí por hacer de apoderado
    Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral, los "miembros en activo" de las Policías Locales no pueden difundir publicidad electoral o llevar a cabo otras actividades de campaña
    25.03.12 - 19:50 -
    MIGUEL CÁRCELES | ALMERÍA
    Un agente de Policía Local de la localidad almeriense de Pulpí ha sido imputado durante la jornada electoral como presunto autor de un delito electoral. Según indicaron fuentes de la Subdelegación de Gobierno, al agente municipal se le imputa una infracción del artículo 144.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG). Dicho artículo indica que "serán castigados con las penas de prisión de seis meses a dos años y la de multa de seis meses a una año los miembros en activo de las Fuerzas Armadas y Seguridad del Estado, de las Policías de las Comunidades Autónomas y Locales, los Jueces, Magistrados y Fiscales y los miembros de las Juntas Electorales que difundan propaganda electoral o lleven a cabo otras actividades de campaña electoral".
    Las mismas fuentes confirmaron que el imputado, agente en activo del cuerpo de Policía Local de Pulpí, ejercía de apoderado de una formación política en la localidad del Levante. Las diligencias instruidas por agentes de la Guardia Civil han sido entregadas al Juzgado de Instrucción número 2 de Huércal-Overa.

    Leete el artº 144.2 de la LOREG y creo qu el 50 y te puede quedar claro que puedes tener problemas.

  5. #5
    Jlopez1957
    Guest
    Ser interventor en una mesa electoral para un Partido Politico, es un ejemplo claro de acción directa en politica.

    Si hasta estamos exentos de ser presidentes o componentes de las mesas por que ese dia podemos tener servicio, nos vamos a meter a Interventores.........

    Si es en una localidad ajena a la de destino y sin publicidad por poder se puede.........porque solo piden el DNI y el partido que lo propone............

    Pero realmente es una cuestión mas de logica el no serlo...........

    No es como asistir a un mitin o a una charla de los partidos, a las que tenemos todo el derecho para estar informados y luego poder votar..................

    Como se ha explicado el problema es si sale a luz, los dolores de cabeza seran del 10.

  6. #6
    Gracias por la información y las opiniones de todos.

Página 2 de 2 PrimerPrimer 12

Marcadores