El delito contra los derechos de los trabajadores, se refiere especialmente a situaciones límite, como puede la retención física o mediante el empleo de la coacción o las amenazas contra el empleado o sus familiares, las condiciones laborales o de convivencia en un entorno laboral antihigiénicas o de alto riesgo sin adoptar unas medidas de prevención o contención mínimas, o bien jornadas de trabajo inhumanas o bajo unas condiciones de empleo muy por debajo del salario mínimo y/o sin los correspondientes seguros o autorizaciones. Otro tipo de situaciones pueden ser considerados como infracciones administrativas.
Lo que está claro que nosotros no podemos saber de todo. En todas las Comunidades existen Inspectores de Trabajo que te pueden asesorar, bien telefónicamente, o bien concertar fecha para realizar una inspección al establecimiento hacia el que vaya dirijida la queja o la denuncia. Allí mismo, el inspector decide si las infracciones que se observen pueden ser tipificadas como delito y se encarga de denunciar cualquier infracción administrativa que entre en su ámbito.
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