Cuando dice "sin perjuicio de", quiere decir," independientemente de". En el anexo I, pone que el cupo de vacaciones con carácter general para los períodos fuera del verano, es (refiriéndose especialmente a los Guardias):
"Respecto al resto del personal podrá disfrutar vacaciones simultáneamente uno de cada tres efectivos disponibles, no generando la fracción derecho a que disfrute vacaciones un efectivo más."
Y para los turnos de verano, el cupo queda así establecido:
"3. Cuando en aplicación de lo dispuesto en los números anteriores no pudiera darse cumplimiento exacto a la finalidad perseguida con la fijación de los tres turnos de disfrute de vacaciones previstos en la norma novena, encaminada a que todo el personal que lo desee pueda disfrutar de vacaciones en esa época, podrá superarse, a tal efecto, el número máximo de efectivos que puedan disfrutar vacaciones de forma simultánea."
Si sois 8 Guardias, fuera del verano podéis ir de vacaciones dos a la vez. En los turnos de verano, podéis ir: en un turno 3, en otro 3 y el tercero 2, o en las restantes combinaciones.
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