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Resultados 1 al 4 de 4
  1. #1

    Cupos vacaciones verano

    Hola a todos.Querría saber si para los turnos devacaciones de verano, hay un cupo distinto al indicado por la norma Decima, queremite al Anexo I de la actual O.G de Vacaciones, como se regulo a posterior dela anterior O.G de 7/2009, tanto para los turnos de verano como los de Semana Santay Navidad. Ya que de esta forma, en mi unidad no podemos todos disfrutar devacaciones en verano al ser 8 efectivos, por que el Anexo I dice que simultáneamentepodrán disfrutar vacaciones 1 de cada 3 efectivos y la fracción no da derecho aotro más, quedando un cupo de 2-2-2, así 2 efectivos no podrían disfrutar vacaciones enlos turnos de verano (así no lo hanindicado). Y en la norma NOVENA, sobre TURNOS DE VERANO dice sinel perjuicio de las limitaciones a que se refiere la norma siguiente (la Decima)”,sigue diciendo que se establecen 3 turnos de vacaciones de verano, sus fechas y“para que todo el personal que lodesee pueda disfrutar vacaciones en esa época”. Pienso que una contravienela otra, la Novena con los cupos delAnexo I.He estado mirando si hay Circular,modificación etc y no veo nada. En la nueva OG de vacaciones deroga todo loanterior, circulares y modificaciones.Un saludo.

  2. #2
    Un Puesto es un Puesto y un mando es una mando, si hay armonía en tu Puesto no hay problemas para que el Comte. Puesto haga servicios de calle, si el tiempo lo exige; con cinco efectivos currantes de ocho, ni el PAPA les va ha pedir explicaciones, si hay acuerdo; es que se va, y se pueden ir todos de vacaciones en verano y no nos hacen falta mandatos de fuera, nosotros nos bastamos solos para solucionar nuestros problemas sin llevarlos a mas.Y todos contentos.

  3. #3
    Cuando dice "sin perjuicio de", quiere decir," independientemente de". En el anexo I, pone que el cupo de vacaciones con carácter general para los períodos fuera del verano, es (refiriéndose especialmente a los Guardias):

    "Respecto al resto del personal podrá disfrutar vacaciones simultáneamente uno de cada tres efectivos disponibles, no generando la fracción derecho a que disfrute vacaciones un efectivo más."


    Y para los turnos de verano, el cupo queda así establecido:

    "3. Cuando en aplicación de lo dispuesto en los números anteriores no pudiera darse cumplimiento exacto a la finalidad perseguida con la fijación de los tres turnos de disfrute de vacaciones previstos en la norma novena, encaminada a que todo el personal que lo desee pueda disfrutar de vacaciones en esa época, podrá superarse, a tal efecto, el número máximo de efectivos que puedan disfrutar vacaciones de forma simultánea."

    Si sois 8 Guardias, fuera del verano podéis ir de vacaciones dos a la vez. En los turnos de verano, podéis ir: en un turno 3, en otro 3 y el tercero 2, o en las restantes combinaciones.

  4. #4
    COBOLUDA, gracias por tus indicaciones, pero no es ese el problema de mi Puesto.
    FALCATA, gracias por tu respuesta, todo aclarado. No leí bien la estructura de la OG y omití leer el punto 3º al creer que estaba incluido en el punto 1º, apartado G.

    Saludos.

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