es legal que te quiten el libre. Lo de las horas, depende de donde vivas ( si el juzgado está donde tu vivas, lo suyo sería ponerte cuatro horas ya que una cosa es la hora del juicio y otra la hora a la que entres o aa la que te salga diciendo el secretario que se han arreglado y no hace falta que entres; si te pones las ocho horas es porque tienes que ir al puesto a cambiarte, oche oficial e ir a sede judicial, y volver al Puesto, claro).
Vaya "compañero"! Somos peores entre nosotros.
Si te nombran las dos horas, yo que tú, cuando termine el juicio (como entre la hora de citación y cuando termines supongo que pasarán más de dos horas) que te prorroguen el servicio nombrado (que no modifiquen la hora de fin, sino que te lo prorroguen -no es lo mismo-).