Ley 42/1999
Artículo 60 Condiciones para el ascenso
4. Para el ascenso a cualquier empleo, desde Cabo Mayor a General de Brigada ambos inclusive, es condición indispensable haber sido evaluado de la forma regulada en los artículos siguientes.
CAPITULO II
Evaluaciones
Artículo 51 Finalidad
Los guardias civiles serán evaluados para determinar:
a) La aptitud para el ascenso al empleo superior.
b) La selección de un número limitado de asistentes a determinados cursos de capacitación.
c) La insuficiencia de facultades profesionales.
d) La insuficiencia de condiciones psicofísicas.
Las evaluaciones para el ascenso tienen por objeto determinar la aptitud o la no aptitud para el mismo, y, en su caso, las condiciones de idoneidad y prelación que darán origen a las correspondientes clasificaciones de los evaluados.
Artículo 52 Normas generales
En cada evaluación se analizarán las circunstancias de los interesados en los aspectos de su personalidad, condiciones psicofísicas, competencia y actuación profesional relacionados con el objeto de la misma, considerando la siguiente documentación:
a) El historial profesional.
b) La información complementaria aportada por el interesado a iniciativa propia sobre su actuación profesional, que fuera de interés y pudiera no estar reflejada en su historial profesional.
c) Las certificaciones a que se refiere el artículo 72 de la Ley Orgánica 12/2007 del régimen disciplinario de la Guardia Civil.
Ley Orgánica 12/2007 Artículo 72 Efectos de la cancelación
La cancelación de una anotación de sanción producirá el efecto de anularla, sin que pueda certificarse de ella, salvo cuando, tratándose de faltas graves o muy graves, lo soliciten las autoridades competentes, a los efectos exclusivos de las clasificaciones reglamentarias y, en su caso, la concesión de recompensas. En las certificaciones se hará constar expresamente la cancelación.
d) Cualquier otro informe complementario que estime oportuno el órgano de evaluación.
Con la normativa a la que te refieres queda claro,que no solo se pueden consultar las certificaciones canceladas para el ascenso por el sistema de selección si no en todos los sistemas de ascenso(Elección,Selección y Antigüedad) desde Cabo Mayor a General de Brigada.Por lo que al hablar de clasificaciones no solo se refiere a las anteriores,si no a todas aquellas que están reglamentadas y no sólo en la guardia civil existen estas normativas si no que existen otros decretos en base a estas leyes.
Ahora que como le decías al compañero Elbichoverde86 te lees bien la ley y un poco el diccionario.
Marcadores