Existen dos seguros de los que es recomendable que leas sendos reglamentos: Consorcio de Compensación (que funciona más como un reaseguro propiamente dicho) y el de Riesgos Extraordinarios. Ni uno ni otro creo recordar que brinden esa cobertura. Por otro lado, está la responsabilidad patrimonial del Estado (ver la LRJAP-PAC), que en mi opinión es la vía angosta, larga, sinuosa, pero adecuada al objeto, en calidad de subsidiaria.
Un saludo y suerte.
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