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Resultados 1 al 10 de 574

Vista híbrida

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  1. #1
    Cita Iniciado por puzzle Ver mensaje
    Donde pone literalmente que deban de ser disfrutados al mes siguiente de ser generados?
    Intranet, comunicando e informando, criterios aplicación de la OG
    No hay nada repartido de modo más equitativo en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.

  2. #2
    "56.- Condiciones en las que se genera el derecho a disfrutar de un descanso
    singularizado adicional.
    El derecho al disfrute de los descansos singularizados adicionales se perfecciona una
    vez realizado el número de servicios reseñados. Para determinar el alcance de los
    servicios prestados en festivo y el de servicios nocturnos habrán de tenerse en cuenta
    las determinaciones contenidas en el articulo 12 de la Orden General (Clasificación de
    las horas de servicio). Por lo tanto, en el momento de planificar el servicio para el mes
    siguiente se tendrán en cuenta los descansos singularizados generados hasta esa
    fecha por haber prestado efectivamente los servicios correspondientes, y se
    planificarán los mismos hasta un máximo de dos por mes, cualquiera que sea el tipo
    de servicio que los genere (festivos o nocturnos).
    Con carácter general, los descansos singularizados perfeccionados han de disfrutarse
    con regularidad mes a mes, sin que se generen acumulaciones no justificadas."

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