Hola, compañero.
El plazo que se te dá de incorporación, lo es para que realices todas las gestiones del cambio de destino, traslado, gestiones de colegio - en su caso - etc.., etc..
Una vez que sales publicado y entra en vigor la resolución, tú ya no perteneces a esa Unidad, sino a la nueva que has peticionado, por lo tanto no tienes que atender órdenes de un sitio donde ya no estas encuadrado, así de simple. Si tienes que despedirte, entregar armamento, etc.. en tu Unidad, tiene que ser de servicio y que te computen las horas. Si te lo ordenan fuera de plazo...no vayas, dejas el armamento al Comte. de Puesto y el verá y a ver que pasa. Lo hacen en muchos sitios para exprimirnos al máximo.
Otra cosa distinta es la presentación en tu nueva Unidad, esa presentación la tendrás que hacer cuando te indiquen, aunque se dentro del palzo de incorporación, porque es una orden que te dan, legítima. Otra cosa es reclamar esas horas... que pinta mal, como muchas y muchas cosas dentro de este Cuerpo.
Un saludo.
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