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  1. #1
    Las competencias de orden público en Cataluña son responsabilidad de la Generalitat (excepto en el interior de aeropuertos y puertos de interés estatal); el estado puede ordenar la intervención de CNP y G. Civil cuando considere que los intereses del Estado estén gravemente comprometidos, aunque dudo que aun así lo hiciese dado el complejo y cobardía que suele tener el gobierno respecto a Cataluña y el País Vasco.

  2. #2
    Patrulleiro
    Guest
    Cita Iniciado por guci Ver mensaje
    Las competencias de orden público en Cataluña son responsabilidad de la Generalitat (excepto en el interior de aeropuertos y puertos de interés estatal); el estado puede ordenar la intervención de CNP y G. Civil cuando considere que los intereses del Estado estén gravemente comprometidos, aunque dudo que aun así lo hiciese dado el complejo y cobardía que suele tener el gobierno respecto a Cataluña y el País Vasco.
    Es su responsabilidad por competencia transferida, lo cual no exime al estado de actuar como bien dices tu en caso de necesidad

  3. #3
    B a n n e d
    Fecha de ingreso
    07 oct, 12
    Mensajes
    1,553
    Cita Iniciado por guci Ver mensaje
    el estado puede ordenar la intervención de CNP y G. Civil cuando considere que los intereses del Estado estén gravemente comprometidos

    Los intereses del Estado no tienen porque estar gravemente comprometidos, simplemente con que el Estado lo considere oportuno vale.

    Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

    CAPÍTULO II

    De las competencias de las Comunidades Autónomas




    Artículo 38



    c) Vigilar los espacios públicos, proteger las manifestaciones y mantener el orden en grandes concentraciones humanas.
    El ejercicio de esta función corresponderá, con carácter prioritario, a los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando, bien a requerimiento de las Autoridades de la Comunidad Autónoma, o bien por decisión propia, lo estimen necesario las Autoridades estatales competentes.

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