Buenas, ayer le notificaron mediante escrito entregado en mano a un compañero un APERCIBIMIENTO, por lo visto cometió el terrible delito de PASEAR UN PERRO DENTRO DEL ACUARTELAMIENTO (se trata de una Comandancia en cuyo interior se encuentran los pabellones), asi mismo en dicho apercibimiento se le "informa" de que si se detectara nuevamente paseando su perro dentro del perímetro de la Comandancia "se iniciaría contra el un proceso para quitarle el pabellón que tiene asignado".
Por cierto, se trata de un perro raza CHIGUAGUA que no creo que pese más de 2 kilos (imaginaos las molestias y alarma que puede generar semejante mastodonte).
Me duele sobre todo por el compi, que es una persona trabajadora y está en el área de prevención de un puesto, que sale a la calle todos los días a jugarse el tipo para que le vengan con estas "chorradas".
Creo sinceramente que dentro de estos "cortijos", existen personas con muchisimo tiempo libre y falta de trabajo en sus negociados, para andar puteando a la gente de esta forma.
Saludos.
ya sabes que la GC está llena de cerdos chupatintas que sólo desean joder la vida al prójimo...eso sí, los narcos y terroristas a la calle
Creo que una cosa es que defeque u orine en el interior del Acuartelamiento y que por ello sea apercibido y otra cosa en que de un paseo o simplemente tenga que atravesar el interior del Acuartelamiento para salir a la via publica. No tengo muy claro que por la via judicial por ejemplo esto fuese reprochable llegado el momento. Que esta Institución tenga un carácter militar no da derecho a restringir libertades que en la vida civil son totalmente aceptadas. Cosa diferente seria que fuese un perro peligroso sin bozal (y tengo un doberman por lo que se de que hablo aunque no estoy en nada de acuerdo con esa legislación). Creo que alguno piensa que esta en Cuba por el simple hecho del carácter militar...
Descarao. Este carácter militar es un rollo. Jo, yo cada vez que voy al hotel Meliá y no me dejan llevar perro, la llamo militares represores.Creo que una cosa es que defeque u orine en el interior del Acuartelamiento y que por ello sea apercibido y otra cosa en que de un paseo o simplemente tenga que atravesar el interior del Acuartelamiento para salir a la via publica. No tengo muy claro que por la via judicial por ejemplo esto fuese reprochable llegado el momento. Que esta Institución tenga un carácter militar no da derecho a restringir libertades que en la vida civil son totalmente aceptadas. Cosa diferente seria que fuese un perro peligroso sin bozal (y tengo un doberman por lo que se de que hablo aunque no estoy en nada de acuerdo con esa legislación). Creo que alguno piensa que esta en Cuba por el simple hecho del carácter militar...
A ver cuando nos enteramos que las normas de régimen interior no es un invento militar. Que hasta la comunidad de propietarios de mi edificio las tiene.
No sé las circunstancias del hecho. De por sí, no me dice nada. Puede ser desde un apercibimiento de lo más correcto, hasta un abuso de autoridad. No sé si el acuartelamiento estaba sembrado de cagadas que nadie recogía y han tomado esa medida o si es una manía compulsiva del jefe. Lo que está claro es que hay vida más allá de lo judicial, y las normas de régimen interior basadas en la convivencia son legales y constitucionales.
Un saludo
cada uno es cada uno, y cada seis... media docena
En mi unidad los perros tienen que salir del pabellón con la correa y directos a la calle, fuera del perímetro. Hubo una época en la que practicamente habia un perro por pabellon y era una odisea dar una vuelta por el patio sin pisar una mierda.
Seguramente a los médicos les dejen pasear a su perro por el hospital y a los policías por la comisaría y solo nos restringen ese derecho a nosotros.Creo que una cosa es que defeque u orine en el interior del Acuartelamiento y que por ello sea apercibido y otra cosa en que de un paseo o simplemente tenga que atravesar el interior del Acuartelamiento para salir a la via publica. No tengo muy claro que por la via judicial por ejemplo esto fuese reprochable llegado el momento. Que esta Institución tenga un carácter militar no da derecho a restringir libertades que en la vida civil son totalmente aceptadas. Cosa diferente seria que fuese un perro peligroso sin bozal (y tengo un doberman por lo que se de que hablo aunque no estoy en nada de acuerdo con esa legislación). Creo que alguno piensa que esta en Cuba por el simple hecho del carácter militar...
No se sustenta por ningún lado. Si vive en el cuartel que acepte sus normas, igual que yo acepto las de mi comunidad de vecinos (que, por cierto, también esta prohibido pasear al perro, como en la mayoría) y si no, que se vaya a vivir fuera.
Mi comandancia esta llena de cacas de perros (no se si chihuahuas o perdigueros), ojala apercibieran aquí a esta gente.
"ventajas " de la vida cuartelera...mas vale pagar alquiler\hipoteca que vivir en un cortijo yo hace mucho que escarmente...
Creo que esa no es la solución... como tampoco lo es ese típico dicho de... SI NO TE GUSTA LA GUARDIA CIVIL LARGATE A OTRA EMPRESA...Francamente creo que molestan mas unos críos hijos de guardias en patio del Acuartelamiento pegando pelotazos (a mi en han entrado en mi casa ya tres balones de reglamento) que mi doberman paseado y sujeto por mi... y ahí no se puede hacer nada porque son críos y hay que aguantar carretas y carretones por no discutir con algunos padres...Conste que no paseo mi perro en el interior del acuartelamiento porque para empezar en tres zancadas lo atraviesa de punta a punta... y porque entiendo lógicamente que hay que pasear al perro en la via publica para que interaccione con el entorno y tenga una salud mental y física optima...
Última edición por DOBERMANN; 13/06/2014 a las 14:01
La solución es sencilla. NOrmas de acuartelamiento... se incumplen... pues a buscarse piso fuera.
Encima de mi había un señor que se traía su perro del campo cuando iba de caza. Los ataba en el radiador (hablo de un perro de campo con sus pulgas y todo oiga) así no madrugaba para ir a por él. ¿Sabéis el ruido que hacía la cadena en el radiador y cómo se transmitía a mi casa?. Pues bien, me quejé por escrito, coincidiendo con su vecina, la cual limpió UNA HERMOSA CAGADA EN EL DESCANSILLO. Fue amonestado y bien hecho. Decía que"íbamos a pagar lo ocurrido".
Resultado....... jamás volvimos a ver al chucho.
Por cierto, el individuo acabó yéndose a la puñetera calle.
Hay normas de convivencia. Es un cuartel si no te gusta no vivas.
Después de 22 años llegué a mi provincia. Me fui a mi piso que para eso me lo compré.
Aquí los únicos que infringen las normas son los que las han puesto. Los pabellones son considerados domicilio, inviolables salvo orden judicial, están obligados a cumplir las normas que rigen en cualquier comunidad de propietarios. En la Ley de Régimen Horizontal por las que se regulan las comunidades no impide la tenencia de animales domésticos,eso sí, estos tienen que cumplir los requisitos exigidos en las normas que regulan la tenencia de animales de cada Comunidad Autónoma. Al mismo tiempo si el pabellón se encuentra dentro del acuartelamiento el hecho de entrada y salida de los pabellones son zona de paso común. Por tanto lo que tendría que hacer el compañero es denunciar el hecho ante los tribunales civiles por persecución e indefensión ante una norma claramente ilegal. Otra cosa es que el animal moleste con sus ladridos o que su propietario no recoja sus desperdicios, etc.
Aquí los únicos que infringen las normas son los que las han puesto. Los pabellones son considerados domicilio, inviolables salvo orden judicial, están obligados a cumplir las normas que rigen en cualquier comunidad de propietarios. En la Ley de Régimen Horizontal por las que se regulan las comunidades no impide la tenencia de animales domésticos,eso sí, estos tienen que cumplir los requisitos exigidos en las normas que regulan la tenencia de animales de cada Comunidad Autónoma. Al mismo tiempo si el pabellón se encuentra dentro del acuartelamiento el hecho de entrada y salida de los pabellones son zona de paso común. Por tanto lo que tendría que hacer el compañero es denunciar el hecho ante los tribunales civiles por persecución e indefensión ante una norma claramente ilegal. Otra cosa es que el animal moleste con sus ladridos o que su propietario no recoja sus desperdicios, etc.
Hay comunidades de propietarios que han incluído en sus estatutos la prohibición de tener cualquier tipo de animal. Vamos, que ni un canario.
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