Real Decreto 2945/1983, Artículo 301. En el Ejercito, excepto los cargos de Excmo. y Usia, sera para los demás miembros de Sr. Don, lo que requiere tratamiento de "Usted".

Real Decreto 2945/1983, Artículo 301. En el Ejercito, excepto los cargos de Excmo. y Usia, sera para los demás miembros de Sr. Don, lo que requiere tratamiento de "Usted".
La Guardia Civil muere pero no se rinde
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