¿De donde sacas que un particular lo tenga prohibido??..basándonos en el RD 137/93 las armas de la 5ª categoría se pueden portar CON CAUSA JUSTIFICADA, si tu la portas con justificación (motivo "X") no infringes nada ¿no?. Si los compañeros llevan una navaja de servicio digamos por ejemplo para que dado el caso en una emergencia poder cortar un cinturón de seguridad para extraer un herido de un siniestro o un trasmallo en la playa o cortar una brida-grillete ¿donde está el problema??
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