Cita Iniciado por afr Ver mensaje
No se trata de ponerse del lado del "macho" se trata de:

Constitución Española

Artículo 24

(...)

2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.

O también estas a favor de invertir la carga de la prueba en estos casos? eso si tiene bastante de inquisidor y casposo, algo asi como el proceso penal del S.XV.

Mi opinión personal me la reservo, como casi todos los guardias que hemos tratado día a día con casos de VIOGEN.

Un saludo
Es que para muchos eso de la presunción de la inocencia como que le viene muy largo... Si hablamos ya de la inversión de la carga de la prueba ya es de traca...