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Resultados 1 al 10 de 10
  1. #1

    Pisar la carcel, si se es reincidente en 5 años

    Ser valiente no consiste en no sentir miedo, sino en sentirlo y aún así continuar adelante.-

  2. #2
    No se lee la noticia

  3. #3
    Ser valiente no consiste en no sentir miedo, sino en sentirlo y aún así continuar adelante.-

  4. #4
    Subteniente Avatar de Asturiancetorix
    Fecha de ingreso
    21 feb, 10
    Ubicación
    Asturias
    Mensajes
    1,709
    Pues a ver si es verdad. Necesitarán cárceles más grandes...

    Lo que no es normal es que fulanos multipluriantecedentes y multiplurireincidentes y multipluridetenidos y multipluridetodo anden sueltos como perros por las calles durante media vida, en espera de que líen la definitiva y maten a alguien, o rehagan su vida y les pase factura a los siete años, o que sigan delinquiendo hasta que les salga de las gónadas.

    A ver si por fin se quitan a algún pieza de en medio, hombre.

    Saludos.

  5. #5
    MONTESCO
    Guest
    No me digáis que no es gracioso cuando un individuo se hincha de liarla durante años y sale en los medios de comunicación por la cantidad de detenciones que acumula y no entrar en prisión, y pasados unos años vuelve a salir en los medios de comunicación porque ya ha rehecho su vida, tiene una hija y es camionero, y ahora resulta que tiene que entrar en prisión. Y los periodistas gustosamente le ponen una camarita para que todas las familias vean la injusticia que se quiere cometer con tan ejemplar ciudadano. Y además muchos de los delitos no los cometió, que lo sepáis, me echaron droja en el colacao y no sabía lo que hacía.

    Bajo mi punto de vista ya ha quedado demostrado que las penas privativas de libertad no surten el efecto de reintroducción del individuo del que habla la Constitución. La pena es un castigo, y cuanto más rápido y más fuerte sea, mejor surte su cometido, el de que ese individuo se lo piense dos veces antes de volver a delinquir, y la de disuadir al resto de individuos que estén pensando en hacer lo mismo. Mientras sigamos con reintroducciones, trabajos sociales y otras hierbas, seguiremos haciendo el canelo.

  6. #6
    Ya sacaran alguna ley que anule esa jurisprudenicia, da el tema para hacer una porra sobre el tiempo que tardará en salir.

  7. #7
    Cita Iniciado por Montesco Ver mensaje
    No me digáis que no es gracioso cuando un individuo se hincha de liarla durante años y sale en los medios de comunicación por la cantidad de detenciones que acumula y no entrar en prisión, y pasados unos años vuelve a salir en los medios de comunicación porque ya ha rehecho su vida, tiene una hija y es camionero, y ahora resulta que tiene que entrar en prisión. Y los periodistas gustosamente le ponen una camarita para que todas las familias vean la injusticia que se quiere cometer con tan ejemplar ciudadano. Y además muchos de los delitos no los cometió, que lo sepáis, me echaron droja en el colacao y no sabía lo que hacía.

    Bajo mi punto de vista ya ha quedado demostrado que las penas privativas de libertad no surten el efecto de reintroducción del individuo del que habla la Constitución. La pena es un castigo, y cuanto más rápido y más fuerte sea, mejor surte su cometido, el de que ese individuo se lo piense dos veces antes de volver a delinquir, y la de disuadir al resto de individuos que estén pensando en hacer lo mismo. Mientras sigamos con reintroducciones, trabajos sociales y otras hierbas, seguiremos haciendo el canelo.
    Juicio lo antes posible y al talego, llevas toda la razón, hasta las narices de ver o escuchar gentuza que tiene cuarenta detenciones, esperando a buscar la ruina a algún compañero. Me ha hecho gracia lo de la camarita, siempre que lo veo pienso lo mismo.

  8. #8
    No se lee la noticia. En este periódico copiar y pegar la noticia entera si no no se puede leer.-

  9. #9
    El Tribunal Constitucional ha hablado para enterrar un problema crónico al que se enfrentaban las audiencias provinciales de todo el país desde hace años. La sentencia, además, acaba con una cierta impunidad de la que se beneficiaban algunos delincuentes que reincidían con penas de menos de 24 meses. Se trata de un asunto tremendamente técnico pero muy importante para el presente y el futuro.
    La profunda disparidad de criterios entre los magistrados sobre si una persona a la que se le había suspendido la condena para entrar en prisión -al ser menor a dos años- debía ser encarcelada si volvía a cometer un delito en los cinco años siguientes, había abierto una brecha. Además, estaba provocando situaciones injustas. Eso era lo más grave de todo y lo que más intranquilidad causaba a no pocos miembros de la carrera judicial. En las Audiencias de Valencia y Alicante se veía a menudo.
    La situación llegó a ser considerada como extrema pues había personas que entraban en la cárcel y otras no por los mismos hechos. Los delitos de estafa, alzamiento de bienes o apropiación indebida -todos ellos en los que el autor dejaba al perjudicado en una difícil situación económica y todos ellos también susceptibles de repetirse por el perfil del sentenciado- eran los destinatarios de una condena por la que no ingresaban en prisión.
    Eso sí, se imponía al condenado un plazo de cinco años en el que no podía volver a delinquir. El problema venía cuando había reincidencia al cabo de cuatro años después de ser sentenciado. Ahí asomaba la disparidad.
    La estafa, por ejemplo, prescribe a los tres años y algunos magistrados sostenían que el reincidente no debía entrar en un centro penitenciario puesto que el delito había prescrito. Sin embargo, todavía no se habían agotado los cinco años que se le impusieron para no pisar la cárcel a cambio de no volver a delinquir. En definitiva, para algunos jueces primaba la prescripción por encima de lo acordado.
    Otros, por contra, consideraban que sí era necesario el ingreso; que la reincidencia en menos de cinco años prevalecía sobre las prescripciones. Y en esas estaban los magistrados de las audiencias provinciales de la Comunidad Valenciana y también los de toda España. Actuaban según su criterio, como islas, en un asunto con el que, por la falta de una doctrina unificada, creaba situaciones dispares sobre un mismo fondo. Muchos jueces y fiscales comenzaron a alzar la voz y a expresar su preocupación sin cortapisas. A su juicio, se estaban creando situaciones de inseguridad jurídica. ¿Por qué unos reincidentes pisaban la cárcel y otros no?, se preguntaban.
    Sin embargo, la situación no cambiaba. De hecho, el presidente de la Audiencia de Alicante, Vicente Magro, y el ex fiscal jefe de la ciudad -hoy en el Tribunal Supremo-, Juan Carlos López Coig, remitieron varios informes al Ministerio de Justicia alertando de este grave problema de disparidad de criterios. No hubo movimientos.
    Era cuestión de tiempo que este tema recayera en el Constitucional para su revisión. Tras advertirlo Magro y López-Coig al Gobierno, fue un abogado el que lo elevó al verse afectado en un asunto particular. Lo planteó y los jueces del Alto Tribunal comenzaron a estudiarlo. Tan grave era la situación, que el Tribunal Constitucional ha tenido que pronunciarse y sentar jurisprudencia. Lo hace a través de una sentencia del pasado 24 de mayo a la que ha tenido acceso este periódico. En ella, concluye que sí, que quien reincida, estando sujeto a una suspensión de la condena por ser inferior a dos años dentro del plazo de los cinco años, debe ir a la cárcel. Este fallo ha sido muy aplaudido en la carrera judicial. La nueva Ley contempla también este extremo pero antes de que lo aclare, ya lo ha hecho el Constitucional.
    Paralelamente, el Ministerio acaba de incluirlo en el trámite parlamentario de la reforma del Código Penal.

  10. #10
    Mientras las carceles españolas sean un palacio, la cosa continuará igual, de hecho se han convertido en Universidades de la delincuencia. Como ejemplo valga el chiste que pongo.
    El portero de la cámara de diputados dice:
    - Señor saque su auto de aquí, que van salir los diputados!

    Y el señor responde:
    - No se preocupe, si tengo seguro antirrobo!

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