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Resultados 101 al 110 de 132
  1. #101
    basiri75
    Guest
    Ojalá algún día la inhabilitación no collleve la expulsión.

    Los que estamos en la calle, sabemos que podemos tener una mala actuación.

    Nuestras asociaciones deberían hacer fuerza con esto.

  2. #102
    Pues sí deberían, pero poco han hecho si en esta última reforma del régimen de personal no ha habido cambios...

  3. #103
    Esto no tiene nada que ver con la ley de personal, no te expulsan porque lo diga esta ley, te expulsan porque el Codigo Penal dice en su articulo 42 que la inhabilitacion especial producirá la perdida definitiva del empleo o cargo publico sobre el que recaiga. Asi que para que se pudiera avanzar en este tema la reforma tendria que ser en esta ley, desconozco si en el Codigo Penal que hay en proyecto hay algo al respecto. Saludos

  4. #104
    No se si he escuchado bien, pero en programa salvados "caso acoso sexual.." dicen que los militares hasta que no son condenados a más de tres años de prisión no se les expulsa?..sin embargo nosotros con un solo día de inhabilitación nos vamos a la calle con una mano delante y otra detrás? y las asociaciones que dicen de esto?

  5. #105
    La prision y la inhabilitacion no es lo mismo, es mas la inhabilitacion suele ser pena accesoria no principal, por lo que te pueden condenar a prision y no a inhabilitacion especial, conozco casos en la guardia civil. Por raro que parezca despues de cumplir la pena se podria reincorporar al Cuerpo, sin embargo con un dia de inhabilitacion aunque no entres en prisión vas a la calle

  6. #106
    Conoces muchos casos en los que hayan reingresado..me imagino por petición de indulto?. Yo sigo viendo una aberración legal que se expulse a una persona por pena accesoria, me imagino que junto con la policía seremos los únicos funcionarios públicos que les pasa eso, la verdad que es un chollo ser militar y funcionario a la vez, por supuesto siempre salimos ganando en ambas cosas..

  7. #107
    La inhabilitacion especial es para empleo o cargo, es decir que afecta por ejemplo a todos los empleados publicos por igual, no a los funcionaros policiales, lo que pasa es que por la naturaleza de nuestras funciones estamos mas expuestosbque otros a que nos ocurran situaciones que puedan derivar en una condena de este tipo.

  8. #108
    Cita Iniciado por MANUALMERIA Ver mensaje
    Lo que quiero deciros que fui condenado por un año.
    Que no fue nada relacionado con corrupción policial.
    Si fuese así no pediría ayuda.

    Es algo parecido al las condenas del caso Faisán, en cuanto al delito, pero ni por asomo igual. Revelación de secretos, por hablar con un paisano un tema confidencial.
    No se si merezco la cadena perpetua.


    De todas formas gracias a todos.

    E puesto tres enlaces donde explicó un poco todo, donde hay respuestas de compañeros

    CONDENADO POR UN AÑO Y TE COSTO LA EXPULSION no lo entiendo.Saludos
    Última edición por ARRIANO; 11/03/2015 a las 08:55

  9. #109
    Cita Iniciado por janmg1980 Ver mensaje
    Esto no tiene nada que ver con la ley de personal, no te expulsan porque lo diga esta ley, te expulsan porque el Codigo Penal dice en su articulo 42 que la inhabilitacion especial producirá la perdida definitiva del empleo o cargo publico sobre el que recaiga. Asi que para que se pudiera avanzar en este tema la reforma tendria que ser en esta ley, desconozco si en el Codigo Penal que hay en proyecto hay algo al respecto. Saludos
    Tienes razón, pero sería un poco más justo y según para que casos, que en vez de que te mandasen a tomar por culo de tu trabajo, del único sustento para tí y tu familia, que te suspendieran de empleo y sueldo por el tiempo de la condena y darte la oportunidad de volver, o que articulen un paro y protección social al menos, asistencia sanitaria...etc...como a todas las personas humanas tanto de España como de fuera...

  10. #110
    Justicia acelera los trámites del indulto para los policías del Faisán


    Agosto es un mes tradicionalmente lento para las gestiones judiciales y administrativas. Pero no es el caso para los condenados por el caso del chivatazo a ETA. No sólo se están agilizando trámites internos en el Cuerpo Nacional de Policía sino que también se han comenzado a dar pasos a una velocidad sin precedentes, en el ámbito gubernamental, para avanzar en la resolución de la solicitud de indulto por parte de los dos mandos condenados.
    Según explicaron a EL MUNDO fuentes cercanas al proceso, el Ministerio de Justicia ha dado ya el primer paso para resolver la petición de gracia del inspector Ballesteros y del ex jefe superior del País Vasco Pamies. Ha reclamado informes a la Audiencia Nacional, instancia que aún no ha dado traslado a Interior de la condena.
    Pamies y Ballesteros fueron condenados en firme por el Tribunal Supremo como autores del aviso al dueño del bar Faisán de Irún de que se iba a iniciar una actuación contra el entramado de extorsión de ETA, el 4 de mayo de 2006, cuando el Gobierno de Zapatero estaba en plena negociación con los terroristas.
    El Ministerio de Justicia envió dos escritos a la Audiencia Nacional los pasados 30 de julio y 1 de agosto, instando al tribunal sentenciador de primera instancia a que se pronuncie sobre la petición de indulto de los condenados.
    Rapidez extraordinaria

    Este trámite es obligado. Una vez que un condenado reclama esa medida de gracia, el Ministerio de Justicia tiene que dar traslado tanto al tribunal sentenciador, en este caso la Audiencia Nacional, como a la Fiscalía y a las posibles víctimas del delito por el que haya sido condenado.
    El Gobierno se pronuncia sobre estas solicitudes de indulto una vez que tiene encima de la mesa los informes judiciales, que en ningún caso son vinculantes. Lo extraordinario del caso son los tiempos con los que el Ministerio del Interior y el de Justicia están llevando este caso.
    Ballesteros presentó una solicitud de indulto al Gobierno el pasado 20 de julio. Su compañero de condena, Enrique Pamiés, tramitó la suya un día después.
    El inspector presentó un escrito de 11 folios ante el Departamento de Alberto Ruiz-Gallardón en el que admite, finalmente, haber entregado el teléfono al dueño del bar Faisán, aunque insiste en que no conocía el contenido de la conversación.
    Esta petición ha sido cursada en un tiempo récord y en periodo estival por el Ministerio de Justicia. Como recuerdan los expertos, la cadencia temporal a la hora de llevar a cabo los trámites no es ni de lejos tan eficaz.
    En apenas 10 días, el Departamento de Justicia ya ha remitido a la Audiencia Nacional la petición para que se pronuncie. Los trámites de un indulto se alargan durante varios meses y ni en el mejor de los casos se inician en pleno mes de agosto. Además, el Ministerio ha enviado al tribunal sentenciador todo el material oficial sobre las hojas de servicio de los condenados, para que las tenga en cuenta.
    En la sede de la Audiencia Nacional se acumulan ahora ya las diferentes solicitudes sobre este caso ya que, además, los mandos policiales han remitido dos escritos (uno cada uno) pidiendo la suspensión de la sentencia en tanto se resuelve su indulto.
    Pendientes de notificación

    Y todo sin que aún, la Audiencia Nacional haya notificado la sentencia firme del Tribunal Supremo al Ministerio del Interior. Es decir, el organismo judicial aún no ha dado soporte oficial a Interior y a la Policía para que lleve a cabo la ejecución de la condena. Ambos funcionarios fueron condenados a un año y medio de prisión y a cuatro de inhabilitación por revelación de secreto, lo que hubiera supuesto la expulsión del Cuerpo.
    La cadencia de actuación de Justicia es coherente con el movimiento exprés que se produjo en el Ministerio del Interior a la hora de resolver la petición de jubilación presentada por Ballesteros. Y la clave fue que la sentencia, pese a ser firme, no estuviera notificada a la Policía.
    Según explicaron fuentes policiales, Ballesteros «causó baja médica del servicio» el 21 de julio, al día siguiente de presentar el escrito en Justicia; 11 días después de que el Supremo ratificara su condena.
    Una semana después, el 28 de ese mismo mes, el inspector entregó una instancia en el Registro General de la Policía en la que solicitaba la apertura de un procedimiento para su jubilación «por incapacidad permanente». Aportaba varios informes médicos. El día 30, con una celeridad absolutamente inhabitual en casos semejantes, el inspector fue recibido por el tribunal médico que tenía que evaluar los informes aportados y contrastarlos con su estado de salud.
    Ese mismo día, el tribunal dictaminó «la incapacidad total para desempeñar las funciones en la Policía. El día 1 de agosto se gestionó ya la «propuesta de jubilación». El día 12 alcanzó ya oficialidad la jubilación después de que fuera firmado por el jefe de la División de Personal.
    En menos de un mes, Ballesteros pasó de estar de baja médica a jubilado. Un tiempo récord, según explicaron fuentes policiales que entienden que este proceso, en la gran mayoría de los casos, lleva una cadencia mucho más lenta. Se sorprenden de que esta celeridad, además, se haya podido llevar a cabo en pleno periodo estival.

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