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  1. #1
    Sí eso está claro, pero es infumable lo de que no tengamos derecho a paro. Seremos los únicos supongo.

  2. #2
    Cita Iniciado por Klibert Ver mensaje
    Sí eso está claro, pero es infumable lo de que no tengamos derecho a paro. Seremos los únicos supongo.
    Es lógico no tener que cotizar por la contingencia por desempleo, siendo funcionarios de carrera con una relación de servicios profesionales de carácter permanente, seguramente gran parte de los guardias se quejarían si se le obligarse a pagar cuotas mensuales por una hipotética expulsión.

    A hora bien existen seguros de haberes individuales y colectivos (muy baratos) que te cubren la separación del servicio,

    PJ: la compaña DAS Seguros, te cubre hasta dos años de nomina, pagando una cuota anual de 20 euros,
    Última edición por Dox; 13/01/2015 a las 01:37

  3. #3
    Cita Iniciado por Dox Ver mensaje
    Es lógico no tener que cotizar por la contingencia por desempleo, siendo funcionarios de carrera con una relación de servicios profesionales de carácter permanente, seguramente gran parte de los guardias se quejarían si se le obligarse a pagar cuotas mensuales por una hipotética expulsión.

    A hora bien existen seguros de haberes individuales y colectivos (muy baratos) que te cubren la separación del servicio,

    PJ: la compaña DAS Seguros, te cubre hasta dos años de nomina, pagando una cuota anual de 20 euros,
    Interesante. ¿ Es el máximo tiempo que suelen cubrir?

  4. #4
    Cita Iniciado por corleone79 Ver mensaje
    Interesante. ¿ Es el máximo tiempo que suelen cubrir?
    No estarás pensando en cometer alguna tontería ?? hhhhhhhhhhhh

  5. #5
    Cita Iniciado por Dox Ver mensaje
    No estarás pensando en cometer alguna tontería ?? hhhhhhhhhhhh
    No ja ja ja ja ja, pero es muy interesante saberlo...de hecho ya he entrado wn la página web de Das...pero si conoces algún seguro que aunque sea costoso cubra más tiempo...

    Saludos.

  6. #6
    Cita Iniciado por corleone79 Ver mensaje
    No ja ja ja ja ja, pero es muy interesante saberlo...de hecho ya he entrado wn la página web de Das...pero si conoces algún seguro que aunque sea costoso cubra más tiempo...

    Saludos.
    Por haber, habrá seguros que oferten mas o menos cobertura, en función del precio evidentemente

    PJ:
    Catalana Occidente te paga hasta 6 meses
    http://uniongccantabria.org/data/doc...s-Catalana.pdf

    DAS seguros
    http://www.suarezvaldes.es/descargas...20-%202013.pdf

    Este cubre hasta 24 meses
    http://asesoriafcse.com/seguros-ases...empleo-sueldo/


    Insisto hay corredores de seguros especializados en estos temas,

    en nuestro caso, la mayoría de los seguros no salen muy baratitos, por que en la Guardia no es fácil que te expulsen , siempre y cuando hagas caso al sabio refrán caimanero, PAPELETA SIN NOVEDAD MUCHAS PAGAS COBRARAS

  7. #7
    Cabo 1º Avatar de Jipijapa
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    03 mar, 12
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    Un pueblo de Barcelona
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    222
    Buenas tardes.

    Un guardia civil cotiza con Derechos Pasivos, esos derechos pasivos (a través de nómina) son adquiridos mientras tienes la condición de funcionario público para cuando la causa que sea pierdas esa condición, ejemplo: PENSIÓN, que causará para el retirado o familiares cuando cese en el servicio.

    La misma palabra derechos pasivos lo dice.

    Aquellos funcionarios que opositaron para la Administración del Estado a parir del año 2014 TODOS cotizan a la SS.SS (sería interesante ver una nómina de un militar, guardia civil o policía nacional cuyo ingreso se efectuó en el 2014). A ver si hay alguien que la escanea y la pasa al Foro, así podremos cotejar y comprender más a fondo el tema.

    Un saludo

  8. #8
    Teniente General Avatar de Nefertari
    Fecha de ingreso
    16 abr, 09
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    En Abu Simbel....
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    Cita Iniciado por Dox Ver mensaje
    Es lógico no tener que cotizar por la contingencia por desempleo, siendo funcionarios de carrera con una relación de servicios profesionales de carácter permanente, seguramente gran parte de los guardias se quejarían si se le obligarse a pagar cuotas mensuales por una hipotética expulsión.

    A hora bien existen seguros de haberes individuales y colectivos (muy baratos) que te cubren la separación del servicio,

    PJ: la compaña DAS Seguros, te cubre hasta dos años de nomina, pagando una cuota anual de 20 euros,



    20 euros anuales por dos años de cobertura es muy barato, interesante, una excelente información.

    Otro colectivo que también tiene carencias en derecho a paro son los autónomos. Aunque haya una modalidad que ahora puede contemplar ese derecho, pagando a parte por ello, creo que es muy lioso y complicado y que no compensa.


    Si se pasase al régimen general de trabajadores y se tributase a la SS.SS., se obtendría el mismo derecho que otros trabajadores no????

  9. #9
    Para nada. A todos los funcionarios del pais les pasa lo mismo. Dentro de la administración no hay que confundir personal funcionario, personal estatutario y personal laboral. Por ejemplo el personal laboral aunque consigue la plaza con una oposición, sí le retienen para luego cobrar el paro, pero les pueden echar (sin ser por expedientes disciplinarios) en cualquier momento. El personal funcionario no se le puede echar así como así y si vas a trabajar toda la vida, se supone, para que quieres que te retengan para el paro..........

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