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  1. #11
    Cita Iniciado por Klibert Ver mensaje
    Sí eso está claro, pero es infumable lo de que no tengamos derecho a paro. Seremos los únicos supongo.
    Es lógico no tener que cotizar por la contingencia por desempleo, siendo funcionarios de carrera con una relación de servicios profesionales de carácter permanente, seguramente gran parte de los guardias se quejarían si se le obligarse a pagar cuotas mensuales por una hipotética expulsión.

    A hora bien existen seguros de haberes individuales y colectivos (muy baratos) que te cubren la separación del servicio,

    PJ: la compaña DAS Seguros, te cubre hasta dos años de nomina, pagando una cuota anual de 20 euros,
    Última edición por Dox; 13/01/2015 a las 01:37

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