Que no nos regimos por dicha ley!!! Que si quisieran hacer esto para sacar a as guardias a la calle no necesitan una ley para nada, y en tal caso tendrian que modificar la nuestra, la ley 42/1999. Algunos no saben ni cual es nuestro regimen juridico.
Mira lo que dice la ley 15/2014 en su exposicion de motivos:
...En segundo lugar, se introducen en la misma Ley unos cambios imprescindibles para fomentar movilidad de los empleados públicos, con un doble objetivo: conseguir que, en un contexto de reducción del gasto público, puedan destinarse más recursos a aquellas unidades deficitarias; y posibilitar que las personas que trabajan en la Administración tengan otras vías de desempeño profesional para completar su carrera administrativa. Con estas finalidades, se flexibiliza la dependencia funcional de los funcionarios interinos, se aclara el régimen aplicable a determinados supuestos de movilidad voluntaria entre Administraciones territoriales, y se crea la situación administrativa de servicios en la Administración civil para el personal militar, para lo que también es necesario modificar la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
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