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  1. #1

    Modificacion de la ley carrera militar 2014

    Buenas. Que sabemos de esto? y sobre todo que implica o facilita? Podríamos pasar a la administración civil?
    Última edición por janfri; 19/09/2014 a las 21:20

  2. #2
    Cita Iniciado por janfri Ver mensaje
    Buenas. Que sabemos de esto? y sobre todo que implica o facilita? Podríamos pasar a la administración civil?
    Nosotros no podemos optar a ella pues nos regimos por nuestra normativa especifica que en regimen de personal es la ley 42/1999. De todas formas esto que han hecho es un timo, dice que "los militares profesionales con 20 años de servicio podran pasar a la administracion civil".

    20 años de servicio!!! Esque si apruebo otra oposicion y me voy a la administracion civil puedo pedir una excedencia aqui a los 5 años.

  3. #3
    Gracias por la información pero el tema es las consecuencias que implican las modificaciones y la interpretación de las mismas ya que se escapa el común entendimiento de los mortales... O al menos del mio.

  4. #4
    Cita Iniciado por guardiausecic Ver mensaje
    Nosotros no podemos optar a ella pues nos regimos por nuestra normativa especifica que en regimen de personal es la ley 42/1999. De todas formas esto que han hecho es un timo, dice que "los militares profesionales con 20 años de servicio podran pasar a la administracion civil".

    20 años de servicio!!! Esque si apruebo otra oposicion y me voy a la administracion civil puedo pedir una excedencia aqui a los 5 años.
    Esto ya se va aclarando... Gracias compi

  5. #5
    Sin animo por mi parte de frustrar vuestras legitimas y justas esperanzas, convendría recordar que la Guardia Civil aun siendo un Instituto Armado de naturaleza Militar, no rige por las provisiones contenidas en la Ley 7/2007 de Carrera Militar, sino por su normativa especifica, lo cual ha sido ratificado de forma reiterada y consistente por las más altas esferas de la judicatura, alcanzando tal notoriedad que exime de su cita,

    Así pues, mientras que en el Proyecto de Ley del Personal del CNP, se reconoce expresamente el derecho de los policías locales y autonómicos de incorporase directamente al CNP y a viceversa, a los guardias se nos excluye de tal medida, trayendo como escusa nuestra indudablemente naturaleza militar.

    Y cuando ahora crean "ad hoc" una nueva situación administrativa para permitir que los militares puedan incorporase directamente a la Admon Civil de Estado, manteniendo los privilegios castrenses adquiridos, a nosotros se nos vuelve otra vez a dar por culo, argumentando que la Ley de Carrera Militar afecta solo a los[/B] militares de carrera de la FAS, y no a los guardias civiles

    por mi parte puede irse a la mierda AUGC
    Última edición por Dox; 19/09/2014 a las 23:23

  6. #6
    Te confundes compañero, con esta nueva modificación, los militares que cumplen que cumplen los requisitos pueden optar directamente a las vacantes que salen publicadas en los deferentes sectores de la Administración General de Estado sin tener que aprobar ninguna oposición

    "Artículo 113 bis. Servicio en la Administración civil.
    1. Los militares de carrera que, en virtud de un procedimiento de provisión de puestos de trabajo, obtengan destino en la Administración civil, serán declarados en esta situación administrativa."


    Esto es un autentico chollo, que merecen sin duda nuestros militares,
    Última edición por Dox; 19/09/2014 a las 23:36

  7. #7
    Cita Iniciado por Dox Ver mensaje
    Sin animo por mi parte de frustrar vuestras legitimas y justas esperanzas, convendría recordar que la Guardia Civil aun siendo un Instituto Armado de naturaleza Militar, no rige por las provisiones contenidas en la Ley 7/2007 de Carrera Militar, sino por su normativa especifica, lo cual ha sido ratificado de forma reiterada y consistente por las más altas esferas de la judicatura, alcanzando tal notoriedad que exime de su cita,

    Así pues, mientras que en el Proyecto de Ley del Personal del CNP, se reconoce expresamente el derecho de los policías locales y autonómicos de incorporase directamente al CNP y a viceversa, a los guardias se nos excluye de tal medida, trayendo como escusa nuestra indudablemente naturaleza militar.

    Y cuando ahora crean "ad hoc" una nueva situación administrativa para permitir que los militares puedan incorporase directamente a la Admon Civil de Estado, manteniendo los privilegios castrenses adquiridos, a nosotros se nos vuelve otra vez a dar por culo, argumentando que la Ley de Carrera Militar afecta solo a los[/B] militares de carrera de la FAS, y no a los guardias civiles

    por mi parte puede irse a la mierda AUGC
    No ofendes. Dices lo que hay. Gracias por la información.

  8. #8
    Pregunto: Esos destinso son recíprocos? es decir también los civiles pueden desempeñar funciones administrativas en la Admon militar?.

  9. #9
    lo pregunto , porque aunque ya hay civiles , creo que dicho cambio es para meter más funcionarios civlies en las oficinas de FAS y GC, y sacar GC a la calle, para no sacar nuevas plazas.

  10. #10
    Que no nos regimos por dicha ley!!! Que si quisieran hacer esto para sacar a as guardias a la calle no necesitan una ley para nada, y en tal caso tendrian que modificar la nuestra, la ley 42/1999. Algunos no saben ni cual es nuestro regimen juridico.

    Mira lo que dice la ley 15/2014 en su exposicion de motivos:
    ...En segundo lugar, se introducen en la misma Ley unos cambios imprescindibles para fomentar movilidad de los empleados públicos, con un doble objetivo: conseguir que, en un contexto de reducción del gasto público, puedan destinarse más recursos a aquellas unidades deficitarias; y posibilitar que las personas que trabajan en la Administración tengan otras vías de desempeño profesional para completar su carrera administrativa. Con estas finalidades, se flexibiliza la dependencia funcional de los funcionarios interinos, se aclara el régimen aplicable a determinados supuestos de movilidad voluntaria entre Administraciones territoriales, y se crea la situación administrativa de servicios en la Administración civil para el personal militar, para lo que también es necesario modificar la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
    Última edición por guardiausecic; 20/09/2014 a las 22:50

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