Igual q a ti si estais casados o sois paraja de hecho. Un saludo
Hola a todos. El caso es que lamentablemente me han comunicado que al padre de mi padrastro le quedan pocos días de vida, por lo que acudí a mi comandante de puesto para comentarle tal situación, contestándome este que no me iba a dar ningún día de permiso urgente, ya que la norma no contempla tal situación. Tras comentarme esto, lo consulté con mi asociación, y me dijeron que la norma lo contempla como familiar de segundo grado de AFINIDAD, por lo que me corresponderían 4 días de permiso urgente por ser fuera de mi localidad.
Y rizando mas el rizo, mi cónyuge también es compañera, le correspondería también el permiso Urgente?
Un saludo a todos y gracias de antemano por vuestra ayuda.
Igual q a ti si estais casados o sois paraja de hecho. Un saludo
Al final tuve que hablar con el capitán de mi compañía, y fue el quien le comunicó al comandante de puesto que me correspondían los días, 4 exactamente, a la vuelta del permiso tuve que presentar el parte de defunción. Muchas gracias por vuestra ayuda. Un SALUDO!!!
Por qué 4? No eran 5 (como máximo) si era fuera de la localidad?
Un saludo.
En primer lugar, mis condolencias. Para otra vez, cinco días fuera de la residencia de destino
Freedom of speech
Para familiares en segundo grado de consanguinidad: dos días si es en la misma localidad y cuatro días si es en distinta localidad.
Artículo 48 Permisos de los funcionarios públicos
Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
- a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad.
Saludos..
Alguien me puede exlicar lo de afinidad...un amigo o a que se refiere.Artículo 48 Permisos de los funcionarios públicos
Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
- a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad.
Saludos..
Por ejemplo Ascendiente de primer grado hay Consaguineo tus padres y por afinidad tus suegros, los consaguineos son por nacimiento (padres, hermanos, hijos,etc) y afinidad por matrimonio (suegros, cuñados, yernos, etc)
Marcadores