Va en funciòn de tus horas de referencia ese mes.
La cuenta es sencilla
Este mes de octubre tiene 30 dias las horas de disponibilidad son 744.
Esas horas de disponibilidad se convierten en 166,10 horas de servicio real.
Vamos a marcar un dia de dias de Ausencia sin deduccion de retribuciones, que es el concepto que se graba para un dia indispuesto.
Las horas de disponibilidad pasan a ser 720 y las de servicio real a 160, 48 ( para ser totalmente exactos y que es lo que figura en SIGO )
La cuenta es sencilla, cuantas tienes realizadas hasta el dia de esa situacion X.............pues resta a 160,48 esas X y son las que tienes que hacer.
Horas de referencia es igual :
Horas de servicio cumplimentadas + horas de situaciones de no disponibilidad= 166,10 en el mes de octubre.
(Las unicas que no deducen son las de descanso semanal aunque se graban igual)
Asi de sencillo.
Si por ejemplo coincide que es ultimo dia del mes el de la baja y tenias previsto un servicio de 8 horas para cuadrar el mes, pues te faltaran.
Si con ese servicio te pasabas 3 horas, pues te faltaran 5.
Pero si es el dia 15 del mes deberas ver tu mismo las que te faltan cuando todos los servicios nombrados esten cumplimentados.
Podras quedar corto , igual o pasado.
Pero que se este un dia de baja no significa ese concepto de recuperar un servicio, es hacer las horas de referencia.
Luego las horas de servicio se juntan por trimestres naturales.
Repito, no es recuperar un servicio.
Es ajustar las horas de disponibilidad que figuran en situaciones de personal y que se trasladan a las horas de referencia mensuales en planificación, en función del dia del mes en que se produce la situación de no disponibilidad.
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