A ver... el problema es que en Francia no existe ni la Asociación ni la Sindicación en el ejército...
La Sentencia dice que la prohibición "absoluta" de sindicación por el simple hecho de ser militar es ilegal... pero que se puede limitar....
Podemos entender que el derecho de Asociación es una sindicación limitada... o no... porque un derecho de sindicación limitado es el del CNP donde solo se permiten sindicatos del cuerpo... hay límites más amplios y otros más estrictos...
Por tanto, veremos donde acaba todo esto... para mí es bastante evidente cuando la Sentencia dice que el la prohibición absoluta de fundar o pertenecer a un sindicato por el simple hecho de ser militar es ilegal... por lo que espero que el Gobierno acepte con premura la sentencia europea (al estilo Parot) y nos deje el derecho de sindicación limitado a los sindicatos del cuerpo.. pero mucho me temo que la maquinaria mordaza se pondrá a funcionar rápido, como suele ocurrir en estos casos...