En principio es correcto:

1.15.- Solicitud vacaciones para un periodo que abarque dos meses consecutivos
FAQ 7, consulta 4.
«Cuando una única solicitud de vacaciones abarque un periodo continuado de disfrute con inicio y
finalización, respectivamente, en fechas de meses distintos, el mando que deba conceder dicha
petición ponderará las necesidades del servicio y el perjuicio a terceros que pueda ocasionar su
concesión. En virtud de dichos factores podría autorizar el periodo completo de vacaciones
solicitadas, aunque comprenda días de meses distintos, si considera que la concesión,
especialmente la referida a los días del segundo mes, no perturbará los intereses de otros que
pudieran solicitar esos mismos días al iniciarse el siguiente plazo de petición de vacaciones.

Del mismo modo, si la concesión de tales días pudiera suponer privar del disfrute a quien en el
siguiente plazo de petición pudiera tener más preferencia en la concesión, podría limitarse a
conceder los días de vacaciones correspondientes al mes inicial, aunque sea por un periodo inferior
a cinco días hábiles, quedando la autorización de los días del mes posterior consecutivo a expensas
de recibir las solicitudes del resto de componentes de la unidad para dicho mes»



Viene recogido en el libro resumen sobre Vacaciones, permisos y licencias, aunque ahora no esta disponible en la Intranet